Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063458)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Plasencia para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino "De Plasencia", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 230
Miércoles 30 de noviembre de 2022

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Las cantidades transferidas por la Secretaría de Estado de Turismo, deberán ser destinadas
por las Comunidades Autónomas a financiar las actuaciones previstas en los PTSTD, sin que
necesariamente se tengan que llevar a cabo todas las actuaciones incluidas, siempre y cuando
todo el gasto de las cantidades transferidas esté justificado.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura transferirá al Ayuntamiento de Plasencia, la cuantía total de la ayuda, por importe de tres millones de euros (3.000.000,00 euros), en un único pago, con carácter anticipado, a la firma del presente convenio, en la anualidad 2022, con cargo a la aplicación presupuestaria 150060000
G/342A/76200 20220397 MR05C14I01, sin que sea necesaria la formalización de ninguna
garantía o aval por parte de la entidad beneficiaria.
Las entidades locales se encuentran exentas de prestar garantías por las aportaciones económicas que reciban de manera anticipada con cargo a los Presupuestos Generales, conforme a
lo establecido en la letra b) de la disposición adicional cuarta de la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de Hacienda Pública de Extremadura.
El pago de la aportación se efectuará mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada
por el Ayuntamiento de Plasencia y dada de alta en el Sistema de Terceros de la Junta de
Extremadura.
Se llevará una contabilidad pormenorizada y separada a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio. En todo caso, se dispondrá de listados de comprobación o
informes de control que garanticen la llevanza de cada una de las actuaciones que se derivan
de la ejecución del convenio.
El ayuntamiento comunicará en el seno de las reuniones que celebre la Comisión de Seguimiento (cláusula Undécima) y, siempre que lo pida cualquiera de las partes, el saldo y movimientos de dicha cuenta.
Los intereses generados en la cuenta bancaria serán aplicados a actuaciones del convenio,
previa aprobación en la Comisión de Seguimiento.
Para que pueda realizarse el pago, la entidad local deberá acreditar, previamente, que se halla
al corriente en las obligaciones tributarias con el Estado y frente a la Seguridad Social y la
Hacienda Autonómica. Y ello mediante verificación de oficio por la Dirección General de Turismo, salvo oposición de la entidad beneficiaria, respecto a estar al corriente con la Hacienda
autonómica o con la Seguridad Social; o, salvo falta de autorización respecto a la certificación
de estar al corriente con la Hacienda estatal.