Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063459)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Fundación Artemisan para el Desarrollo del Plan Integral de Recuperación de la Tórtola Europea en Extremadura 2022-2023. Expte.: 2253999CA004.
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NÚMERO 230
Miércoles 30 de noviembre de 2022



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b. P
 ara el derecho de rectificación se procederá a modificar los datos de los
interesados que fueran inexactos o incompletos atendiendo a los fines del
tratamiento.



c. Para el derecho de supresión se suprimirán los datos de los interesados cuando
estos manifiesten su negativa u oposición para el tratamiento de los mismos y
no exista base legal que lo impida.



6.6. Violaciones de seguridad de datos de carácter personal. Cuando se produzcan violaciones de seguridad de datos de carácter personal, como, por ejemplo, el robo
o acceso indebido a los mismos se notificará al Responsable de forma inmediata
acerca de tal circunstancia, incluyendo toda la información necesaria para el esclarecimiento de los hechos. Asimismo, se apoyará al Responsable para realizar la
notificación de la violación de la seguridad a la Agencia Española de Protección de
Datos teniendo en cuenta la información a disposición del Encargado.



6.7. El ejercicio de derechos requerirá la previa presentación por parte del interesado
de copia de su DNI o documento identificativo.



6.8. No obstante el Encargado tiene la obligación de informar a cualquier interesado de
las siguientes circunstancias:



a. Lista de tipologías de datos personales tratados.



b. F
 inalidad para la que han sido recogidos.



c. Identidad de los destinatarios de los datos.



d. P
 lazo de conservación de los datos.



e. Identidad del Responsable ante el que pueden solicitar la rectificación, supresión y oposición al tratamiento.



f. D
 atos de contacto del Delegado de Protección de Datos.

C.3) Medidas de seguridad técnicas para la identificación.
El Encargado implantará como mínimo las siguientes medidas técnicas para garantizar la
identificación y autenticación de los usuarios con acceso a los datos:
1. N
 o se permitirá el uso para fines particulares de aquellos ordenadores y dispositivos
destinados al tratamiento de los datos personales.