Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Transformación Digital. (2022063690)
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo entre la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Consejería de Educación y Empleo, para realizar la contratación de servicios de formación y certificación en tecnología de los sistemas SAP como medio de mejora de las capacidades digitales para la transformación digital de Extremadura y el incremento de la empleabilidad y asignar las funciones a los órganos intervinientes con respecto a esta contratación.
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NÚMERO 230
Miércoles 30 de noviembre de 2022

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MANIFIESTAN
Primero. Que a la Consejería de Hacienda y Administración Pública le corresponden las
competencias en materia de hacienda, ingresos públicos, Intervención General, presupuestos y
tesorería, patrimonio, auditoría, financiación autonómica y fondos europeos, política financiera,
servicios jurídicos, función pública, inspección de servicios, transparencia y participación ciudadana,
evaluación de políticas públicas y calidad de los servicios de la Administración, política tecnológica
de carácter corporativo, administración electrónica y de radiodifusión y televisión, entre otras.
Por su parte, a la Dirección General de Función Pública le corresponde, bajo la superior dirección
de la persona titular de esta Consejería, el ejercicio de las competencias que en materia de función
pública, recursos humanos, retribuciones y sindical le atribuye la Ley 13/2015, de 8 de abril, de
Función Pública de Extremadura, y restante normativa de aplicación; en particular, se incluye
expresamente la elaboración de las directrices tendentes al incremento de eficacia y eficiencia de la
Administración a través de la formación y la planificación, diseño y ejecución de los programas de
formación de los funcionarios y del personal laboral excepto aquellos que estén expresamente
atribuidos a otros órganos.
Que a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital le corresponden las competencias en
materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones y la
política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor, modernización e
innovación tecnológica, sociedad de la información, investigación y telecomunicaciones, así como
las de política universitaria.
Por su parte, a la Dirección General de Empresa, bajo la superior dirección de la persona titular de
esta Consejería, le corresponde el ejercicio de las competencias en materia de política empresarial,
promoción, fomento y modernización de la empresa y el apoyo y fomento de la actividad de
autónomos y emprendedores y, en particular, le corresponde el desarrollo de programas de apoyo
a la creación, consolidación, crecimiento y mejora de la competitividad empresarial, cualquiera que
sea su forma jurídica.
A la Dirección General de Agenda Digital, bajo la superior dirección de la persona titular de la
Consejería, en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la
programación, coordinación y gobernanza de la Agenda Digital de Extremadura así como las
competencias en materia de telecomunicaciones y conectividad que impulsen la cohesión del
territorio, en particular, la coordinación y el impulso de medidas y programas que garanticen la
capacitación y competencias digitales de la ciudadanía, instituciones y organizaciones, que
promuevan el uso responsable y seguro de las mismas, y el pensamiento crítico, que contribuyan a
su desarrollo profesional y mejora de la competitividad, garantizando que ningún colectivo se
quede al margen del proceso de la transformación digital de la sociedad apoyando a empresas,
asociaciones y clústeres de los sectores de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
como entes claves en el proceso de la digitalización de la sociedad y sectores productivos de la
economía extremeña
Que a la Consejería de Educación y Empleo le corresponden las competencias en materia de
política educativa y formación, excepto las de política universitaria, así como las competencias en
materia de trabajo y políticas de empleo.

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