Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063642)
Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Instalación de almacenamiento de residuos no peligrosos", cuya promotora es Metals World Trader, SL, en el término municipal de Jerez de los Caballeros. Expte.:IA22/0538.
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Miércoles 30 de noviembre de 2022

2. T
 ramitación y consultas.
Con fecha 3 de marzo de 2021, la promotora presenta ante la Dirección General de Sostenibilidad la solicitud de evaluación de impacto ambiental simplificada junto al documento
ambiental del proyecto para su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental. El documento ambiental recibido inicialmente no aportaba información suficiente para la correcta evaluación ambiental del proyecto, habiéndose considerado el mismo
como correcto en cuanto a contenido tras haber dado cumplimiento la promotora a los
requerimientos de subsanación formulados por la Dirección General de Sostenibilidad.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 27
de octubre de 2021, la Dirección General de Sostenibilidad ha realizado consultas a las
Administraciones Públicas afectadas y las personas interesadas que se relacionan en la
tabla adjunta. Se han señalado con una “X” aquellas Administraciones Públicas y personas
interesadas que han emitido respuesta.
RELACIÓN DE ORGANISMOS Y ENTIDADES CONSULTADOS
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas

RESPUESTAS RECIBIDAS
X

Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Ecologistas en Acción
ADENEX
SEO BIRD/LIFE
AMUS
Fundación Naturaleza y Hombre
GREENPEACE
Ecologistas Extremadura

A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
Informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de fecha 13 de
febrero de 2019, de acuerdo a lo establecido en el artículo 56 quater de la Ley 8/1998,
de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura,
modificada por la Ley 9/2006, de 23 de diciembre, en el que se indica que el proyecto no