Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063642)
Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Instalación de almacenamiento de residuos no peligrosos", cuya promotora es Metals World Trader, SL, en el término municipal de Jerez de los Caballeros. Expte.:IA22/0538.
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NÚMERO 230
Miércoles 30 de noviembre de 2022

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Se informará del contenido de este informe a los operarios que realicen las actividades,
tanto en fase de obra como en fase de funcionamiento. Así mismo, se dispondrá de una
copia del informe de impacto ambiental en el lugar de las obras, y durante la fase de funcionamiento de la instalación.
Las afecciones sobre vías de comunicación, vías pecuarias, caminos públicos u otras infraestructuras y servidumbres existentes contarán con los permisos de ocupación pertinentes previos a las obras, garantizándose su adecuado funcionamiento durante toda la
duración de las mismas. Durante la duración de la actividad, y al finalizar esta, aquellas
servidumbres que hayan sido afectadas se restituirán íntegramente tal como estaban en
principio o mejoradas, si así se acordara con la propiedad.
Si durante el desarrollo de la actividad se detectara la presencia de alguna especie de
fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura
(Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies
Amenazadas de Extremadura) y/o en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real
Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres
en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), que
pudiera verse afectada por aquella, se estará a lo dispuesto por el personal de la Dirección
General de Sostenibilidad, previa comunicación de tal circunstancia.
Una vez finalizada la actividad se dejará el terreno en las condiciones en las que estaba
inicialmente, devolviéndole su uso anterior. Se procederá a la restitución del suelo vegetal,
el acondicionamiento topográfico y la rehabilitación de todos los terrenos afectados por la
actividad. Asimismo, se procederá a la retirada de los materiales y equipos instalados (cerramientos, soleras, contenedores, etc.), así como de los residuos que se hayan generado
o se encuentren almacenados una vez tratados, que se entregarán a gestor autorizado
según su tipología. No deberá quedar en la zona de actuación ningún hueco ni montoneras
de material.
Se comunicará el final de las obras a la Dirección General de Sostenibilidad para verificar
el cumplimiento del condicionado del informe de impacto ambiental en su ejecución y, en
su caso, poder exigir medidas de carácter ambiental adicionales a las fijadas por aquella
para corregir posibles deficiencias detectadas.
Cualquier modificación del proyecto evaluado deberá ser comunicada a la Dirección General
de Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2.g) de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.