Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063501)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y para el establecimiento y financiación del Nivel de Protección acordado para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 230
Miércoles 30 de noviembre de 2022
59092
— Incremento de personas atendidas de manera efectiva sobre personas con derecho
a atención.
b) Mejora en las prestaciones y servicios del SAAD en forma de:
— incremento de las intensidades en los servicios y las prestaciones respecto a los
mínimos fijados en el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se
regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia,
establecidas en la Ley 39/2006.
— reconocimiento de compatibilidades de servicios entre sí y de servicios con las prestaciones económicas.
— mejora y fomento del servicio de teleasistencia, incremento de su cobertura a la población en situación de dependencia susceptible de recibir dicho servicio y mejora de
la calidad y cobertura del servicio en forma de “teleasistencia avanzada”.
— adecuación de los servicios, de su acreditación y funcionamiento al modelo de cuidados representado de Atención Integral Centrada en la Persona en consonancia con el
vigente Acuerdo de Acreditación y Calidad de centros y servicios.
— Financiación de las entidades locales en su ámbito territorial para la adecuación y
mejora de los servicios que presten a las personas en situación de dependencia.
c) Mejoras en la capacitación y condiciones laborales de las personas trabajadoras en el
SAAD mediante:
— Incremento de los conciertos en la prestación de servicios por parte de entidades
privadas debidamente acreditadas que redunden en la mejora de la calidad de los
servicios y en la calidad del empleo.
— Planes específicos de formación de trabajadores y trabajadoras y gastos derivados
de la formación para la profesionalización del sector.
d) Cualesquiera otras que vayan dirigidas al cumplimiento de las actuaciones contenidas y
los acuerdos derivados del Plan de Choque en dependencia y que deberán constar en el
anexo I de este convenio.
3. De conformidad con los términos recogidos en la disposición adicional tercera de la Ley
39/2006, de 14 de diciembre, también se podrán financiar con cargo a los créditos a que
se refiere la cláusula segunda, en lo relativo a la aportación de la Comunidad Autónoma a
la financiación del nivel acordado, ayudas económicas con el fin de facilitar la autonomía
Miércoles 30 de noviembre de 2022
59092
— Incremento de personas atendidas de manera efectiva sobre personas con derecho
a atención.
b) Mejora en las prestaciones y servicios del SAAD en forma de:
— incremento de las intensidades en los servicios y las prestaciones respecto a los
mínimos fijados en el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se
regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia,
establecidas en la Ley 39/2006.
— reconocimiento de compatibilidades de servicios entre sí y de servicios con las prestaciones económicas.
— mejora y fomento del servicio de teleasistencia, incremento de su cobertura a la población en situación de dependencia susceptible de recibir dicho servicio y mejora de
la calidad y cobertura del servicio en forma de “teleasistencia avanzada”.
— adecuación de los servicios, de su acreditación y funcionamiento al modelo de cuidados representado de Atención Integral Centrada en la Persona en consonancia con el
vigente Acuerdo de Acreditación y Calidad de centros y servicios.
— Financiación de las entidades locales en su ámbito territorial para la adecuación y
mejora de los servicios que presten a las personas en situación de dependencia.
c) Mejoras en la capacitación y condiciones laborales de las personas trabajadoras en el
SAAD mediante:
— Incremento de los conciertos en la prestación de servicios por parte de entidades
privadas debidamente acreditadas que redunden en la mejora de la calidad de los
servicios y en la calidad del empleo.
— Planes específicos de formación de trabajadores y trabajadoras y gastos derivados
de la formación para la profesionalización del sector.
d) Cualesquiera otras que vayan dirigidas al cumplimiento de las actuaciones contenidas y
los acuerdos derivados del Plan de Choque en dependencia y que deberán constar en el
anexo I de este convenio.
3. De conformidad con los términos recogidos en la disposición adicional tercera de la Ley
39/2006, de 14 de diciembre, también se podrán financiar con cargo a los créditos a que
se refiere la cláusula segunda, en lo relativo a la aportación de la Comunidad Autónoma a
la financiación del nivel acordado, ayudas económicas con el fin de facilitar la autonomía