Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063451)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Dijardin Ingenieria y Obras, SLU, para los ciclos formativos de Grado Medio en Aprovechamiento y Conservación del Medio Ambiente y de Grado Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural del EFA Casagrande de Valdivia.
8 páginas totales
Página
NÚMERO 229
Martes 29 de noviembre de 2022

58856

CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE FORMACIÓN
PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA CONSEJERÍA DE
EDUCACIÓN Y EMPLEO Y DIJARDIN INGENIERIA Y OBRAS, SLU, PARA LOS CICLOS
FORMATIVOS DE GRADO MEDIO EN APROVECHAMIENTO Y CONSERVACIÓN DEL
MEDIO AMBIENTE Y DE GRADO SUPERIOR EN GESTIÓN FORESTAL Y DEL MEDIO
NATURAL DEL E.F.A. CASAGRANDE DE VALDIVIA.
Mérida, 2 de noviembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, Don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Dijardin Ingenieria y Obras, SLU, con CIF B06744247 y domicilio en
Autovia Ex-A2, Km 20 CP 06400 código postal 06400 Don Benito, Badajoz, con teléfono de
contacto __________, correo electrónico ___________________ y Don Francisco Sánchez
García, como técnico responsable y representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que el objetivo del presente convenio entre las entidades a las que representan para el
desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las Administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Que el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación