Presidencia De La Junta. Agrupación De Municipios. (2022063655)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Administración Local, por la que se aprueba la modificación de la agrupación de entidades locales para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría, entre los municipios de Ibahernando y Santa Cruz de la Sierra, y la Mancomunidad de Municipios "Comarca de Trujillo", y clasificación del puesto.
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NÚMERO 229
Martes 29 de noviembre de 2022

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— Acuerdos plenarios de los Ayuntamientos de Santa Cruz de la Sierra e Ibahernando, por
mayoría absoluta del número legal, en sesiones celebradas los días 27 de diciembre de
2021 y 13 de enero de 2022, respectivamente, aprobando inicialmente la modificación
estatutaria para incorporación de la mancomunidad.
— Acuerdo plenario de la Asamblea de la Mancomunidad de municipios Comarca de Trujillo, en sesión celebrada el día 19 de mayo de 2022, por mayoría absoluta del número
legal, aprobando inicialmente los Estatutos de la Agrupación, por incorporación de ésta
última.
— Certificaciones acreditativas de la exposición al público durante un mes, del acuerdo
relativo a la voluntad de agruparse y del proyecto de estatutos, con publicación en el
tablón de anuncios de las respectivas entidades, páginas web de cada una de ellas y
boletín oficial de la provincia correspondiente.
— Certificaciones de cada entidad local acreditativas de ausencia de reclamaciones, elevándose el acuerdo inicial a definitivo, y datos de población de los dos municipios.
— Informe favorable al expediente de modificación de la Agrupación por la Diputación provincial de Cáceres.
— Publicación de los Estatutos, definitivamente aprobados, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres de fecha 20 de julio de 2022, y en el Diario Oficial de Extremadura de
fecha 28 de octubre de 2022.
Tercero. Revisado el expediente y solicitada subsanación de documentación, se aportan certificaciones que acreditan los recursos ordinarios liquidados de las tres entidades locales correspondientes al ejercicio inmediato anterior 2021.
Cuarto. Se da audiencia al funcionario que desempeña el puesto de Secretaría de la Agrupación de municipios de Ibahernando y Santa Cruz de la Sierra, sin que formule objeciones al
expediente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, determina
en sus artículos 92 y 92.bis el régimen jurídico para el personal funcionario perteneciente a
los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, correspondiendo al Gobierno estatal regular mediante real decreto las especialidades y régimen jurídico en
general aplicable a los funcionarios perteneciente a dicha escala.