Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063610)
Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Sustitución de la LAMT S/C "Morera" entre los apoyos A344576 y A431654", a realizar en los términos municipales de La Parra y La Morera (Badajoz), cuya promotora es E-Distribución Redes Digitales, SLU. Expte.: IA21/0809.
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NÚMERO 228
Lunes 28 de noviembre de 2022
58495
— En los apoyos con montaje en tresbolillo, vertical y doble circuito la distancia mínima
entre la semicruceta inferior y el conductor de fase superior no será inferior a 1,50
metros.
— No se podrán instalar puentes por encima de las crucetas principales de los apoyos.
— Todos los elementos en tensión deberán disponerse de tal forma que se evite sobrepasar con elementos en tensión las crucetas o semicrucetas no auxiliares de los apoyos. Todos los elementos en tensión deberán ser cubiertos con elementos aislantes.
— Se procederá al aislamiento efectivo y permanente de puentes y grapas de los apoyos mediante fundas que impidan el contacto directo de las aves con las partes en
tensión.
— En el caso de que fuera necesario instalar elementos antiposada o antinidificación en
las crucetas de los apoyos, éstos no serán de tipo aguja o paraguas.
— En el caso de que se detectara que las medidas propuestas para prevenir el riesgo
de colisión y/o electrocución son insuficientes, el órgano ambiental podrá exigir medidas adicionales.
d) Protección del paisaje.
— Se dejará la zona de actuación perfectamente acondicionada una vez acabada la
instalación.
e) Protección de la calidad atmosférica (calidad del aire, ruido y contaminación lumínica).
— Se minimizará la generación de polvo mediante el empleo de lonas recubridoras en el
transporte, la limitación de velocidad de los vehículos y el control de las operaciones
de carga, descarga y transporte de material para minimizar la dispersión de partículas de polvo por el entorno.
— Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria, así
como la generación de ruidos, con su continua puesta a punto.
f) Gestión de residuos.
— Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos
en función de su tipología, clasificación y compatibilidad.
Lunes 28 de noviembre de 2022
58495
— En los apoyos con montaje en tresbolillo, vertical y doble circuito la distancia mínima
entre la semicruceta inferior y el conductor de fase superior no será inferior a 1,50
metros.
— No se podrán instalar puentes por encima de las crucetas principales de los apoyos.
— Todos los elementos en tensión deberán disponerse de tal forma que se evite sobrepasar con elementos en tensión las crucetas o semicrucetas no auxiliares de los apoyos. Todos los elementos en tensión deberán ser cubiertos con elementos aislantes.
— Se procederá al aislamiento efectivo y permanente de puentes y grapas de los apoyos mediante fundas que impidan el contacto directo de las aves con las partes en
tensión.
— En el caso de que fuera necesario instalar elementos antiposada o antinidificación en
las crucetas de los apoyos, éstos no serán de tipo aguja o paraguas.
— En el caso de que se detectara que las medidas propuestas para prevenir el riesgo
de colisión y/o electrocución son insuficientes, el órgano ambiental podrá exigir medidas adicionales.
d) Protección del paisaje.
— Se dejará la zona de actuación perfectamente acondicionada una vez acabada la
instalación.
e) Protección de la calidad atmosférica (calidad del aire, ruido y contaminación lumínica).
— Se minimizará la generación de polvo mediante el empleo de lonas recubridoras en el
transporte, la limitación de velocidad de los vehículos y el control de las operaciones
de carga, descarga y transporte de material para minimizar la dispersión de partículas de polvo por el entorno.
— Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria, así
como la generación de ruidos, con su continua puesta a punto.
f) Gestión de residuos.
— Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos
en función de su tipología, clasificación y compatibilidad.