Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063629)
Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de una superficie de 19,76 hectáreas de olivar", cuyo promotor es D. Felipe Zahiño Vellerino, en el término municipal de Valverde de Leganés. Expte.: IA20/0073.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
23 páginas totales
Página
NÚMERO 228
Lunes 28 de noviembre de 2022

58513

RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de una superficie de
19,76 hectáreas de olivar", cuyo promotor es D. Felipe Zahiño Vellerino, en
el término municipal de Valverde de Leganés. Expte.: IA20/0073. (2022063629)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1ª
de sección 2ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de “Concesión de aguas subterráneas para riego de una superficie de 19,76 hectáreas de olivar”, ubicado en el término municipal de Valverde de Leganés, se encuadra en el
Grupo 1. “Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería” epígrafe d) “Proyectos de gestión
de recursos hídricos para la agricultura” punto 2º “Proyectos de transformación a regadío o
de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie superior a 10 ha, no incluidos
en el anexo IV” del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
El promotor del proyecto es D. Felipe Zahiño Vellerino.
La autorización administrativa para la concesión de aguas subterráneas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Por otra parte, a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, le corresponde la planificación de los recursos
hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de las competencias propio de la Comunidad
Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de
marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes: