Servicio Extremeño De Salud. Bolsa De Trabajo. (2022063605)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca la constitución de la bolsa de trabajo en la categoría de Enfermero/a Especialista en Enfermería Pediátrica, para la selección y cobertura de plazas básicas de personal estatutario temporal en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 227
58266
Viernes 25 de noviembre de 2022
y méritos alegados, la no consideración de los méritos en su caso, la responsabilidad del
aspirante sobre veracidad de los datos y méritos aportados, y con el domicilio válido a
efectos de notificaciones, se estará a lo dispuesto en las bases anteriores.
Base 6.ª Norma final.
6.1. E
n lo no regulado por la presente resolución será de aplicación lo establecido en el Pacto
de selección de personal temporal y provision de plazas con carácter temporal, suscrito
el 17 de enero de 2013, así como en sus posteriores modificaciones.
6.2. C
ontra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional que sea competente de
conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
(BOE n.º 167, de 14 de julio), reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura. Con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición previo ante el Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud en el plazo de un
mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según
disponen los artículos 123 y 124 de la LPACAP, y en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de
28 de febrero (DOE n.º 35, de 26 de marzo y BOE n.º 92 ,de 17 de abril), del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Interpuesto recurso
de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquél
sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, cuantos actos administrativos se deriven de la presente convocatoria, podrán ser
impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la LPACAP.
Mérida, 14 de noviembre de 2022.
El Director Gerente,
CECILIANO FRANCO RUBIO
58266
Viernes 25 de noviembre de 2022
y méritos alegados, la no consideración de los méritos en su caso, la responsabilidad del
aspirante sobre veracidad de los datos y méritos aportados, y con el domicilio válido a
efectos de notificaciones, se estará a lo dispuesto en las bases anteriores.
Base 6.ª Norma final.
6.1. E
n lo no regulado por la presente resolución será de aplicación lo establecido en el Pacto
de selección de personal temporal y provision de plazas con carácter temporal, suscrito
el 17 de enero de 2013, así como en sus posteriores modificaciones.
6.2. C
ontra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional que sea competente de
conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
(BOE n.º 167, de 14 de julio), reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura. Con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición previo ante el Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud en el plazo de un
mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según
disponen los artículos 123 y 124 de la LPACAP, y en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de
28 de febrero (DOE n.º 35, de 26 de marzo y BOE n.º 92 ,de 17 de abril), del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Interpuesto recurso
de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquél
sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, cuantos actos administrativos se deriven de la presente convocatoria, podrán ser
impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la LPACAP.
Mérida, 14 de noviembre de 2022.
El Director Gerente,
CECILIANO FRANCO RUBIO