Servicio Extremeño De Salud. Bolsa De Trabajo. (2022063602)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca la constitución de la bolsa de trabajo en la categoría de Enfermero/a Especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria, para la selección y cobertura de plazas básicas de personal estatutario temporal en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 227
Viernes 25 de noviembre de 2022
58232
Acreditación de servicios prestados:
― Los servicios prestados en instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud se acreditarán de oficio por el Servcio Extremeño de Salud, no siendo necesario aportarlos por el aspirante.
― Los servicios prestados en instituciones sanitarias de otros Servicios de Salud o
de otras Administraciones Públicas, se acreditarán, por el propio aspirante, mediante certificación expedida por el responsable de Recursos Humanos del órgano
competente de la Administración donde se hayan prestado los mismos.
― Los servicios prestados en centros o instituciones sanitarias privadas nacionales
o de la Unión europea, se acreditarán por el propio aspirante mediante el informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, el
contrato de trabajo, certificación de la empresa, así como nóminas o cualquier
documentación válida en derecho que acredite de forma fehaciente los servicios
prestados.
― Los servicios prestados en instituciones sanitarias públicas de algún país integrante de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, se acreditarán por
medio de la certificación oficial expedida por el órgano que proceda del país en
cuestión, acreditando su traducción por el organismo oficial correspondiente, o
cualquier documentación válida en derecho que acredite de forma fecahciente los
servcios prestados.
Los certificados de servicios prestados anteriormente señalados, así como los contratos de trabajo,deberán contener la categoría y, en su caso, especialidad, porcentaje
de jornada y periodos de tiempo trabajados. Los servicios prestados que no sean a
jornada completa se valorarán en proporción a la jornada realmente trabajada.
Las situaciones de excedencia por cuidado de hijos, excedencia por cuidado de otros
familiares, excedencia por razón de violencia de género durante el tiempo que se mantenga reserva de puesto, y las reducciones de jornadas por razones de maternidad o
de conciliación personal, familiar y laboral se computarán como si se hubieran prestado
al 100%.
4.1.2. Formación (máximo 10 puntos):
a) Se valorarán las actividades directamente relacionadas con el contenido de la
plaza a proveer, con independencia del promotor, que estén acreditadas por la
Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud.
Viernes 25 de noviembre de 2022
58232
Acreditación de servicios prestados:
― Los servicios prestados en instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud se acreditarán de oficio por el Servcio Extremeño de Salud, no siendo necesario aportarlos por el aspirante.
― Los servicios prestados en instituciones sanitarias de otros Servicios de Salud o
de otras Administraciones Públicas, se acreditarán, por el propio aspirante, mediante certificación expedida por el responsable de Recursos Humanos del órgano
competente de la Administración donde se hayan prestado los mismos.
― Los servicios prestados en centros o instituciones sanitarias privadas nacionales
o de la Unión europea, se acreditarán por el propio aspirante mediante el informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, el
contrato de trabajo, certificación de la empresa, así como nóminas o cualquier
documentación válida en derecho que acredite de forma fehaciente los servicios
prestados.
― Los servicios prestados en instituciones sanitarias públicas de algún país integrante de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, se acreditarán por
medio de la certificación oficial expedida por el órgano que proceda del país en
cuestión, acreditando su traducción por el organismo oficial correspondiente, o
cualquier documentación válida en derecho que acredite de forma fecahciente los
servcios prestados.
Los certificados de servicios prestados anteriormente señalados, así como los contratos de trabajo,deberán contener la categoría y, en su caso, especialidad, porcentaje
de jornada y periodos de tiempo trabajados. Los servicios prestados que no sean a
jornada completa se valorarán en proporción a la jornada realmente trabajada.
Las situaciones de excedencia por cuidado de hijos, excedencia por cuidado de otros
familiares, excedencia por razón de violencia de género durante el tiempo que se mantenga reserva de puesto, y las reducciones de jornadas por razones de maternidad o
de conciliación personal, familiar y laboral se computarán como si se hubieran prestado
al 100%.
4.1.2. Formación (máximo 10 puntos):
a) Se valorarán las actividades directamente relacionadas con el contenido de la
plaza a proveer, con independencia del promotor, que estén acreditadas por la
Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud.