Consejería De Educación Y Empleo. Ceses. Nombramientos. (2022063519)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Consejera, por la que se sustituye a una Consejera del Consejo Escolar de Extremadura en representación del sector de padres y madres del alumnado.
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NÚMERO 227
Viernes 25 de noviembre de 2022

II

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AUTORIDADES Y PERSONAL
1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2022, de la Consejera, por la que
se sustituye a una Consejera del Consejo Escolar de Extremadura en
representación del sector de padres y madres del alumnado. (2022063519)
El Consejo Escolar de Extremadura es el órgano superior de participación democrática en la
programación general, así como de asesoramiento y consulta de las enseñanzas de todas las
etapas y niveles del sistema educativo, excepto el universitario, en el ámbito de la Comunidad
Autónoma.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 10 de la Ley 8/2001, de 14 de
junio, por la que se regulan los Consejos Escolares de Extremadura, en relación con la letra
b) del apartado 2 del artículo 12 del mismo cuerpo legal, los Consejeros/a del Consejo Escolar serán nombrados por el titular de la Consejería de la Junta de Extremadura competente
por razón de la materia, en este caso, a propuesta de representantes de padres o madres de
alumnos (FREAMPA-CP).
El artículo 11 de la referida ley, establece las causas por las que los miembros del Consejo
Escolar de Extremadura perderán su condición. Por otra parte, el apartado 4 del artículo 10 de
la ley establece que, si se produjere alguna vacante por cualquier motivo, el nuevo miembro
del Consejo ha de ser nombrado por el tiempo que resta del mandato de quien ha causado
la vacante.
Teniendo en cuenta lo señalado en los párrafos anteriores, y en uso de las facultades que me han
sido conferidas por el apartado 4 del artículo 92 en relación con la letra k) del artículo 36 de la
Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y por el apartado 2 del artículo 21 de la Orden de 26 de noviembre de 2003,
por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior del Consejo Escolar de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Cesar a D.ª María Teresa Matos García en representación del sector de padres o
madres de alumnado de centros públicos (FREAMPA-CP).