Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063405)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara, en materia de uso público en áreas protegidas en el Centro de Interpretación "El Péndere", en Santiago de Alcántara. Anualidades 2022-2024. N.º expediente: 221803SYM006.
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NÚMERO 226
Jueves 24 de noviembre de 2022
57837
a los titulares de estas instalaciones para la financiación de estas acciones necesarias para la
conservación de la biodiversidad, considerándose una actividad de interés público.
Esta subvención se considera indispensable para poder mantener las acciones de sensibilización en el citado equipamiento ambiental habiéndose formalizado convenios similares, en
anualidades anteriores, con el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara para la financiación de
las citadas acciones.
Cuarto. Esta subvención está contemplada entre las medidas definidas en el Reglamento
(UE) n.º 1305/2013, del Parlamento europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER, europa invierte en las zonas rurales) y ha sido incluida en el Programa de Desarrollo
Rural de Extremadura para el Período 2014-2022, aprobado mediante Decisión de ejecución
de la Comisión C(2022) 894 final, de fecha 09 de febrero de 2022.
Según la sección 3.2, parte segunda de las Directrices de la Unión europea aplicables a las
ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2022, estas ayudas están consideradas ayudas de estado, habiéndoles asignado el número de Ayuda
de Estado SA 42670.
De conformidad con lo previsto en el artículo 60.2 del Reglamento (UE) n.º1305/2013, del
Parlamento europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda a través del FEADER, estos gastos serán susceptibles de beneficiarse de la contribución FEADER por dedicarse
a operaciones aprobadas de acuerdo con los criterios de selección mencionados en el artículo
49 de dicho reglamento. Esta aprobación, competencia propia de la Autoridad de Gestión delegada en la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad, en virtud de la Resolución de 27 de Enero de 2020 de la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública publicada en el DOE N.º19 de 29 de
enero de 2020, se materializa en el presente documento.
En consecuencia, la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad y el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara, acuerdan formalizar el presente convenio con arreglo a las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es regular la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento
de Santiago de Alcántara (NIF: P1017200E) durante las anualidades 2022-2024, por parte
de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, para la ejecución de acciones
Jueves 24 de noviembre de 2022
57837
a los titulares de estas instalaciones para la financiación de estas acciones necesarias para la
conservación de la biodiversidad, considerándose una actividad de interés público.
Esta subvención se considera indispensable para poder mantener las acciones de sensibilización en el citado equipamiento ambiental habiéndose formalizado convenios similares, en
anualidades anteriores, con el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara para la financiación de
las citadas acciones.
Cuarto. Esta subvención está contemplada entre las medidas definidas en el Reglamento
(UE) n.º 1305/2013, del Parlamento europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER, europa invierte en las zonas rurales) y ha sido incluida en el Programa de Desarrollo
Rural de Extremadura para el Período 2014-2022, aprobado mediante Decisión de ejecución
de la Comisión C(2022) 894 final, de fecha 09 de febrero de 2022.
Según la sección 3.2, parte segunda de las Directrices de la Unión europea aplicables a las
ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2022, estas ayudas están consideradas ayudas de estado, habiéndoles asignado el número de Ayuda
de Estado SA 42670.
De conformidad con lo previsto en el artículo 60.2 del Reglamento (UE) n.º1305/2013, del
Parlamento europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda a través del FEADER, estos gastos serán susceptibles de beneficiarse de la contribución FEADER por dedicarse
a operaciones aprobadas de acuerdo con los criterios de selección mencionados en el artículo
49 de dicho reglamento. Esta aprobación, competencia propia de la Autoridad de Gestión delegada en la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad, en virtud de la Resolución de 27 de Enero de 2020 de la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública publicada en el DOE N.º19 de 29 de
enero de 2020, se materializa en el presente documento.
En consecuencia, la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad y el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara, acuerdan formalizar el presente convenio con arreglo a las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es regular la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento
de Santiago de Alcántara (NIF: P1017200E) durante las anualidades 2022-2024, por parte
de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, para la ejecución de acciones