Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063405)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara, en materia de uso público en áreas protegidas en el Centro de Interpretación "El Péndere", en Santiago de Alcántara. Anualidades 2022-2024. N.º expediente: 221803SYM006.
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NÚMERO 226
Jueves 24 de noviembre de 2022

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conservación de estos ecosistemas con su rentabilidad económica, científica y cultural. Estas
actividades se encuentran adaptadas a las necesidades concretas de conservación de cada
área, así como a la población y visitantes, todo ello con la finalidad de alcanzar unos objetivos
específicos. Las actuaciones de esta Red son coordinadas desde el Servicio de Conservación
de la Naturaleza y Áreas Protegidas con la finalidad de permitir una correcta programación
de las actuaciones a ejecutar, evitando solapamientos de acciones, rentabilizando el gasto
público y estableciéndose unas directrices y requerimientos mínimos en la ejecución de estas
labores de educación ambiental.
Segundo. Mediante la aprobación de la Ley 1/2006, de 7 de julio, el espacio Tajo Internacional se declara Parque Natural, una tipología de Espacio Natural Protegido conforme lo establecido en el artículo 17 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de conservación de la naturaleza y
de espacios naturales de Extremadura.
Conforme se establece en el artículo 1 de la Ley 1/2006, de 7 de julio se declara el Parque Natural del Tajo Internacional con la finalidad de contribuir a la conservación de sus ecosistemas
y valores naturales y favorecer el mantenimiento de los usos y aprovechamientos tradicionales, así como los usos educativos, científicos, culturales, recreativos y socioeconómicos que
sean compatibles con la protección del espacio.
En el artículo 2 de la ley anteriormente mencionada se establecen entre otros los siguientes
objetivos de dicha declaración como Parque Natural:
— Como prioritario, conservar, proteger y fomentar los recursos naturales, su vegetación,
flora, fauna, gea y paisaje, preservando su biodiversidad y manteniendo la dinámica y
estructura de sus ecosistemas, en especial los ligados a los valles encajados del río Tajo
y sus afluentes (Erjas, Sever, Salor, Auruela, Carbajo y Calatrucha), albergue de una
rica fauna, así como de interesantes muestras de vegetación mediterránea.
— Promover el desarrollo socioeconómico de las poblaciones del Espacio Natural, basado en
el uso sostenible de los recursos naturales, y mejorar su calidad de vida, de forma compatible con la conservación de sus valores, así como regular el desarrollo de ciertas actividades fuertemente impactantes, previendo y controlando sus posibles efectos negativos.
— Promover el conocimiento y disfrute de sus valores naturales y culturales, desde los
puntos de vista educativo, científico y turístico, fomentando un uso público ordenado,
dentro del más escrupuloso respeto de los valores que se trata de proteger.
Así, la declaración de esta área protegida, conlleva la necesidad de plantear una estrategia
en aras a facilitar el conocimiento, uso y disfrute de los valores naturales que los componen,
asegurando su preservación.