Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063405)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Santiago de Alcántara, en materia de uso público en áreas protegidas en el Centro de Interpretación "El Péndere", en Santiago de Alcántara. Anualidades 2022-2024. N.º expediente: 221803SYM006.
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NÚMERO 226
Jueves 24 de noviembre de 2022
57843
ción de que la actuación se realiza mediante cofinanciación de la Consejería para la Transición
Ecológica y Sostenibilidad con fondos europeos, FEADER, medida 7.6.4. “Promoción del uso
público, gestión y conservación de la Red Natura 2000 y otras zonas de alto valor natural así
como el mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural” del Programa
de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022, de conformidad con el Reglamento (UE)
1305/2013 y el Anexo III del Reglamento de ejecución (UE) 808/2014, así como la adopción
de medidas de identificación, información y publicidad de las inversiones a que se refiere la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en su caso, el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas
adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se
modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General
de Concesión de Subvenciones, y cumpliendo en todos los casos lo establecido en el Decreto
7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba la identidad corporativa del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En virtud de las competencias atribuidas a la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad por la Resolución de 27 de enero de 2020 de
la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública publicada en el
DOE n.º 19 de 29 de enero de 2020, se informa al beneficiario de esta operación que su pago
estará condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente convenio y
demás reglamentación vigente y en particular al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a. De la obligatoriedad de llevar un sistema de contabilidad separado, o bien asignar un
código contable adecuado a todas las transacciones relacionadas con cada operación.
b. D
e los requisitos relativos a la presentación de datos a la Autoridad de Gestión y al registro de las realizaciones y resultados: Los beneficiarios y/o destinatarios de ayudas se
comprometerán a aportar los datos necesarios a efectos de seguimiento y evaluación
del programa, así como la colaboración necesaria en la confección de los indicadores
correspondientes, incluidos estudios y encuestas que se precisen realizar a posteiori,
cuando dicha colaboración les sea requerida.
c. En su caso, las instancias de los candidatos para el puesto de trabajo y el acta de selección deberá hacer referencia al fondo cofinanciador (Fondo europeo Agrícola de Desarrollo Rural de Extremadura FEADER), incluir su logotipo, así como el emblema (europa
invierte en las zonas rurales).
d. E
n su caso, en el acta de selección se deberá hacer referencia a la submedida 7.6.4.
“Promoción del uso público, gestión y conservación de la Red Natura 2000 y otras zonas
de alto valor natural así como el mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural”, tasa de cofinanciación del 80% de fondos FEADER.
Jueves 24 de noviembre de 2022
57843
ción de que la actuación se realiza mediante cofinanciación de la Consejería para la Transición
Ecológica y Sostenibilidad con fondos europeos, FEADER, medida 7.6.4. “Promoción del uso
público, gestión y conservación de la Red Natura 2000 y otras zonas de alto valor natural así
como el mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural” del Programa
de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022, de conformidad con el Reglamento (UE)
1305/2013 y el Anexo III del Reglamento de ejecución (UE) 808/2014, así como la adopción
de medidas de identificación, información y publicidad de las inversiones a que se refiere la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en su caso, el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas
adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se
modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General
de Concesión de Subvenciones, y cumpliendo en todos los casos lo establecido en el Decreto
7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba la identidad corporativa del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En virtud de las competencias atribuidas a la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad por la Resolución de 27 de enero de 2020 de
la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública publicada en el
DOE n.º 19 de 29 de enero de 2020, se informa al beneficiario de esta operación que su pago
estará condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente convenio y
demás reglamentación vigente y en particular al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a. De la obligatoriedad de llevar un sistema de contabilidad separado, o bien asignar un
código contable adecuado a todas las transacciones relacionadas con cada operación.
b. D
e los requisitos relativos a la presentación de datos a la Autoridad de Gestión y al registro de las realizaciones y resultados: Los beneficiarios y/o destinatarios de ayudas se
comprometerán a aportar los datos necesarios a efectos de seguimiento y evaluación
del programa, así como la colaboración necesaria en la confección de los indicadores
correspondientes, incluidos estudios y encuestas que se precisen realizar a posteiori,
cuando dicha colaboración les sea requerida.
c. En su caso, las instancias de los candidatos para el puesto de trabajo y el acta de selección deberá hacer referencia al fondo cofinanciador (Fondo europeo Agrícola de Desarrollo Rural de Extremadura FEADER), incluir su logotipo, así como el emblema (europa
invierte en las zonas rurales).
d. E
n su caso, en el acta de selección se deberá hacer referencia a la submedida 7.6.4.
“Promoción del uso público, gestión y conservación de la Red Natura 2000 y otras zonas
de alto valor natural así como el mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio natural”, tasa de cofinanciación del 80% de fondos FEADER.