Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063404)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el desarrollo de ensayos experimentales del grupo especializado de materiales de la Escuela de Ingenierías Industriales en las instalaciones de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura.
8 páginas totales
Página
NÚMERO 226
Jueves 24 de noviembre de 2022

57830

que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del
mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a la otra
parte firmante.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de re­
solución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa
podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) P
 or cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras
leyes.
2. El cumplimiento y la resolución del convenio dará lugar a su liquidación, para lo cual deberá
suscribirse por ambas partes, la correspondiente acta de liquidación, en el que se recojan
los resultados de la ejecución del Convenio y las posibles obligaciones y compromisos de
las partes. Puesto que de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula tercera el presente convenio no conlleva aportaciones financieras, no será de aplicación el régimen previsto en el
artículo 52.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. S
 i la resolución del convenio se debiera a cualquiera de las causas de resolución recogidas
en el punto 1 de la presente Cláusula y existieran actuaciones en curso de ejecución, las
partes, a propuesta de la Comisión Mixta, podrán establecer un plazo impro­rrogable para
la continuación y finalización de dichas actuaciones, transcurrido el cual se procederá a
efectuar la liquidación del convenio.
Novena. Confidencialidad y protección de datos.
1. A
 mbas partes se comprometen a guardar absoluta confidencialidad sobre la totalidad de
los datos, informaciones y documentación de todo tipo facilitados para el cumplimiento del
presente convenio, así como al estricto cumplimiento de lo establecido en el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y resto de
legislación vigente y en particular en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
2. L
 as entidades firmantes del convenio tendrán la consideración de responsables de tratamiento de los datos de carácter personal recogidos en este acuerdo y en sus anejos, así
como de cualquier otro dato personal del que se tenga conocimiento como consecuencia
del desarrollo del mismo.