Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063404)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el desarrollo de ensayos experimentales del grupo especializado de materiales de la Escuela de Ingenierías Industriales en las instalaciones de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura.
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NÚMERO 226
Jueves 24 de noviembre de 2022

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,
DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO DE LA JUNTA DE
EXTREMADURA Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA PARA EL DESARROLLO
DE ENSAYOS EXPERIMENTALES DEL GRUPO ESPECIALIZADO DE MATERIALES
DE LA ESCUELA DE INGENIERÍAS INDUSTRIALES EN LAS INSTALACIONES DE
LA ACADEMIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE EXTREMADURA.
2 de noviembre de 2022.
De una parte, D.ª María Curiel Muñoz, Secretaria General de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio, nombrada por Decreto 71/2019 de 16 de julio (DOE
n.º 137 de 17 de julio de 2019), que interviene en nombre y representación de la Consejería
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas de acuerdo con la delegación de firma otorgada por Resolución
de 23 de julio de 2019, de la Consejera, por la que se delegan determinadas competencias,
así como la firma de resoluciones y actos en la Secretaría General de la Consejería (DOE n.º
144, de 26 de julio de 2019).
Y de otra, D. Antonio Hidalgo García, Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura,
cargo para el que fue nombrado por Decreto 2/2019, de 8 de enero (DOE núm. 6, de 10 de
enero), actuando de conformidad con atribuciones que tiene conferidas por el artículo 93. h)
de los Estatutos de la Universidad de Extremadura, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de
mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología de la Junta de Extremadura (DOE
extraordinario núm.3, de 23 de mayo de 2003).
Las partes intervienen en el ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas
y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para formalizar el
presente convenio, y a tales efectos,
EXPONEN
Primero. El artículo 9.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura en la redacción dada por
la LO 1/2011, de 28 de enero, de Reforma del Estatuto de Autonomía, atribuye a la Comunidad Autónoma, en sus apartados 40 y 41, la competencia exclusiva en materia de vigilancia y
protección de sus edificios e instalaciones, así como la coordinación y demás facultades previstas en la ley orgánica correspondiente en relación con las policías locales. La Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio es competente en materia de interior, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre,
por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dicha competencia la ejerce a
través de la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior, correspondiéndole,