Universidad De Extremadura. Concurso. (2022063587)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, del Rector, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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Jueves 24 de noviembre de 2022

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8.5. L
 a plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante al menos dos
años, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza en otra
universidad.
8.6. E
 l tiempo entre la publicación de la convocatoria y la resolución del concurso no podrá
exceder de cuatro meses, salvo en los supuestos de suspensión o ampliación del plazo
por impugnación u otras causas justificadas apreciadas por el Rector.
8.7. Para el cómputo de los plazos, el mes de agosto será inhábil a todos los efectos.
Novena. Comisión de Reclamaciones.
9.1. 
Contra la propuesta de la Comisión, quienes hayan concursado podrán presentar
reclamación, en el plazo máximo de diez días, ante el Rector de la Universidad de Extremadura. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta su
resolución definitiva.
9.2. E
 sta reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones y Garantías, prevista
en los artículos 189 y 190 de los Estatutos de la Universidad de Extremadura, reformados
por el Decreto 190/2010, de 1 de octubre (DOE n.º 197, de 7 de octubre) compuesta por
el Rector y seis Catedráticos y Catedráticas de la Universidad de Extremadura pertenecientes a diversas áreas de conocimiento con amplia experiencia docente e investigadora.
9.3. L
 a Comisión de Reclamaciones y Garantías examinará el expediente relativo al concurso, y tras oír a la Comisión contra cuya resolución se hubiera presentado la reclamación
y quienes hubieran participado en ellas, ratificará o no la propuesta reclamada en el
plazo máximo de tres meses. En este último caso, se retrotraerá el expediente hasta el
momento en que se produjo el vicio, debiendo la Comisión del concurso formular nueva
propuesta. El transcurso del plazo establecido sin resolver se entenderá como rechazo de
la reclamación presentada.
9.4. L
 as resoluciones de la Comisión de Reclamación serán vinculantes para el Rector, cuyas
resoluciones agotan la vía administrativa y serán impugnables directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con lo establecido en su ley reguladora.
Décima. Presentación de documentos.
Las personas propuestas para la provisión de las plazas deberán presentar, en el Registro
General de la Universidad, en el plazo de veinte días hábiles siguientes al de conclusión de la
actuación de la Comisión, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la
Ley 39/12015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administracio-