Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Ganadería. Ayudas. (2022063349)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas a la mejora en bioseguridad de las explotaciones ganaderas extensivas de las especies bovina y/o caprina de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2022.
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NÚMERO 226
Jueves 24 de noviembre de 2022

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CLÁUSULAS PROTECCIÓN DE DATOS:
Se le informa que los datos facilitados en el presente impreso / formulario correspondiente a la
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, en concordancia con la
Actividad de Tratamiento correspondiente incorporada al Registro de Actividades de
Tratamientos de la misma, se tratarán de conformidad con lo establecido en el Reglamento
General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016 y la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.
Responsable del tratamiento de sus datos:
- Responsable Junta de Extremadura: Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población
y Territorio.
- Dirección: Av. /Luís Ramallo s/n. 06800 Mérida (Badajoz).
-Correo electrónico: informacionagraria@juntaex.es - Teléfono: 924.002131
- Datos de contacto del delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es.
Finalidades con las que vamos a tratar sus datos personales:
Serán tratados con las siguientes finalidades:
Gestionar de ayudas a la mejora de la bioseguridad en las explotaciones extensivas de bovino y
/o caprino en la Comunidad Autónoma de Extremadura
Legitimación para el tratamiento de sus datos:
La base legal para los tratamientos indicados es: RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el
cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de
noviembre). Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE núm. 59, de 25 de marzo).
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se
recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha
finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de
archivos y documentación. Los datos económicos de esta actividad de tratamiento se
conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.
Destinatarios a los que se comunicarán sus datos:
Podrán ser comunicados a:
FEGA (Ministerio de Agricultura...) y plataforma laboreo (C.A.D.R.P.T)
Otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento
del interesado, cuando así lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o una Ley, que
determine las cesiones que procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligación legal,
aunque deberemos informar de este tratamiento al interesado, salvo las excepciones previstas
en el artículo 14.5 del RGPD.
Transferencias internacionales de datos:
No están previstas transferencias internacionales de datos.