Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063530)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de centro de gestión de residuos, cuya promotora es Recuperaciones Correa Ramos, CB, en el término municipal de Cáceres. Expte.: IA21/1376.
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NÚMERO 225
Miércoles 23 de noviembre de 2022

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— Informe de 7 de febrero de 2022, del Ayuntamiento de Cáceres, en el que se informa
que existe un expediente de licencia de obras tramitado en el Servicio de Urbanismo
con resolución de alcaldía de 2 de diciembre de 2019 para el proyecto de ejecución para
construcción de nave para venta de recambios usados, selección desmontaje manual de
piezas de vehículos usados descontaminados en la c/ Thomas Alva Edison n.º 31 en el
polígono Industrial La Mejostilla parcela 1 1 c-a. También, el Ayuntamiento de Cáceres
informa se ha tramitado en el Servicio de Urbanismo, un expediente de información
urbanística en la misma parcela cuyo objeto era informar sobre la compatibilidad urbanística para la actividad de selección, desmontaje manual y venta de metales férreos y
no férreos.
— Informe de 11 de febrero de 2022, de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural, en el que se informa que dicho proyecto no presenta incidencias
sobre el Patrimonio Arqueológico conocido. No obstante, y como medida preventiva de
cara a la protección del patrimonio arqueológico no detectado, se impone la siguiente
medida correctora, contemplada en el artículo 54 de la Ley 2/1999 de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura: “Si durante la ejecución de la obras se hallasen restos
u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma
paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho
horas a la Consejería de Cultura”.
— Informe de 19 de julio de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el que
informa favorablemente la actividad “Centro de almacenamiento de residuos urbanos
solidos no peligrosos (chatarra)”, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas
indicadas en su informe y que se integran en el presente informe de impacto ambiental.
Dado que el proyecto se encuentra sujeto a la obtención de la preceptiva Autorización Ambiental Unificada por ser encuadrable en el Grupo 9, apartado 2 del anexo II de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y como
resultado del trámite de participación pública promovido por la Dirección General de Sostenibilidad (artículo 16, apartados 4 y 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura), no se han presentado alegaciones.
3. Análisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del