Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2022063568)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Edistribución Redes Digitales, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Ejecución de reforma SAF0173_1 de centro de seccionamiento a 20 kV CD 45264 "SC. Zorra", sito en polígono 6, parcela 6, término municipal de Olivenza (Badajoz)". Expte.: 06/AT-1788/18150.
4 páginas totales
Página
NÚMERO 225
Miércoles 23 de noviembre de 2022

57676

en el mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicio
público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución pertinente, en la que se solventarán las problemáticas o discrepancias surgidas con motivo de las
alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que no
hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, así como tampoco oposiciones o
condicionados por las Administraciones Públicas o entidades afectadas.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio
RESUELVE:
Conceder a Edistribución Redes Digitales, SLU, autorización administrativa previa de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Ejecución de reforma SAF0173_1 de
centro de seccionamiento a 20 kV CD 45264 “SC. Zorra”, sito en polígono 6, parcela 6, término municipal de Olivenza (Badajoz)”, cuyos datos esenciales son los indicados seguidamente:
Reforma SC en media tensión.
Tipo: Obra Civil.
Nivel de aislamiento del conjunto de la instalación: 24 kV.
Tensión nominal AT: 20 kV.
Número de celdas AT de línea: 3
Protección contra sobreintensidades: Cortacircuitos fusibles.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
—
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido
en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones
de desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.