Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Plan De Formación. Subvenciones. (2022063558)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, de concesión directa de una subvención a la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura para la financiación del Plan Agrupado de Formación de los empleados públicos de la Administración Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las Administraciones Públicas.
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NÚMERO 225
Miércoles 23 de noviembre de 2022

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Subvenciones de Extremadura, acompañando justificación de los gastos y pagos realizados acreditativos del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención.


Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad
a la finalización del período de justificación.



A tal efecto, la justificación debe comprender una declaración de las actividades realizadas con la aportación de:

a) Datos sobre la ejecución de las acciones formativas que conforman el Plan de
Formación, según anexo I.
b) Datos de los gastos realizados por cada uno de los conceptos de gasto recogidos
en el presupuesto del Plan de Formación, según se recoge en el anexo II.


A
 simismo para la justificación de los gastos, deberán presentarse facturas y demás
documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa en los términos establecidos reglamentariamente, y
acompañadas de su correspondiente documento de pago.

3.4. E
 l plazo de justificación podrá ampliarse de acuerdo con lo establecido en el artículo
70 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
4. Obligaciones de la beneficiaria.
FEMPEX asume, además de las obligaciones previstas en esta resolución y las determinadas por el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de Extremadura,
las siguientes:
a) Realizar la prospección de las necesidades formativas.
b) Gestionar la formación resultante y evaluar los resultados obtenidos.
c) Justificar documentalmente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública la inversión realizada.
d) Ejecutar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en el período comprendido entre la firma de la resolución de concesión y el 31 de julio de 2023.
e) Aportar la información sobre las acciones formativas realizadas que sea necesaria para
su inclusión en una memoria anual y a efectos estadísticos del seguimiento de las acciones formativas desarrolladas.