Consejería De Educación Y Empleo. Sentencias. Ejecución. (2022063515)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 8/2021, de 21 de enero de 2021, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el procedimiento ordinario n.º 77/2019.
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NÚMERO 225
Miércoles 23 de noviembre de 2022

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Por otro lado, el artículo 40.1 del Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el
Reglamento de Organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura, establece que
“corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional
en los casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte
competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado”.
En ese mismo sentido, el artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula
la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, ordena que el órgano
competente realizará las actuaciones necesarias para llevar a cabo la ejecución de la resolución judicial, dictando la correspondiente resolución en orden al cumplimento de la sentencia.
Asimismo, el artículo 9.3 del mencionado decreto establece que se entenderá suficiente a
efectos de su publicación, la inserción en el Diario Oficial de Extremadura que contenga al
menos los datos del demandante y demandado, el número de Autos y el contenido del fallo,
con expresión de la firmeza de la sentencia o resolución judicial.
Por lo tanto, de conformidad con el Decreto 82/2020, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 166/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Educación y Empleo y se modifican los Estatutos del Servicio Extremeño
Público de Empleo aprobados por el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, así de conformidad
con la Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma,
RESUELVO:
Único. Proceder a la ejecución de la sentencia n.º 8/2021, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el procedimiento ordinario n.º 77/2019, modificada por el Auto de 15 de abril de 2021, siendo el fallo el siguiente:
Estimar el recurso interpuesto por el procurador D. Juan Carlos Bustillo Busalacchi, en
nombre y representación de D. Jorge Martín Martín con la asistencia letrada de D. Javier
Téllez Valdez contra la Resolución de la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura por la que se da publicidad, con fecha
26/07/2018, a las listas definitivas de aspirantes seleccionados en el proceso selectivo
para ingreso y acceso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores
Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores
de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de
Artes Plásticas y Diseño y para adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios
de los mencionados cuerpos, en la especialidad de Mantenimiento de Vehículos, Cod. 209