Consejería De Educación Y Empleo. Enseñanza. Becas. (2022063500)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se conceden becas complementarias para estudiantes de ciclos formativos Grado Superior beneficiarios del "Programa Erasmus+ 2021-2027" en el marco del Programa sectorial europeo "Erasmus+" de la Unión Europea, para el curso 2021/2022.
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Martes 22 de noviembre de 2022

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2022, de la Dirección General de
Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se conceden
becas complementarias para estudiantes de ciclos formativos Grado Superior
beneficiarios del "Programa Erasmus+ 2021-2027" en el marco del Programa
sectorial europeo "Erasmus+" de la Unión Europea, para el curso 2021/2022.
(2022063500)

Mediante Resolución de 11 marzo 2022 se convocan becas complementarias para estudiantes
de ciclos formativos de Grado Superior beneficiarios del “Programa Erasmus+ 2021-2027”
en el marco del programa sectorial europeo “Erasmus+” de la Unión Europea para el curso
académico 2021/2022 (DOE n.º68, de 7 de abril de 2022).
De acuerdo con la propuesta realizada por el Servicio de Formación Profesional Reglada, de
conformidad con la selección efectuada por la Comisión de Valoración, a tenor de lo establecido en el resuelvo decimoquinto de la resolución de convocatoria,
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas que se especifican en el anexo I de la presente resolución, por un
importe total de 43.853,58 euros, con cargo a la partida presupuestaria 13.003.222B.481.00,
Fondo CAG0000001 y Programa 20080213, de los Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para 2022.
Segundo. Denegar las becas a los solicitantes que se especifican en el anexo II.
Frente a la presente resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante el
órgano que la dicta o ante la titular de la Consejería de Educación y Empleo, siendo competente para su resolución este último, en virtud de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Publicas. Todo ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen
procedente.
Mérida, 11 de noviembre de 2022.
El Director General de Formación Profesional
y Formación para el Empleo,
(PD, Resolución de 13 de noviembre de 2019,
DOE, núm 223, de 19 de noviembre),
MANUEL GÓMEZ PAREJO