Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022081894)
Anuncio de 14 de noviembre de 2022 por el que se somete a información pública la petición de autorización administrativa previa de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Ampliación de la subestación Trujillo 220 kV". Término municipal: Trujillo (Cáceres). Expte.: AT-9447.
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NÚMERO 224
Martes 22 de noviembre de 2022

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ANUNCIO de 14 de noviembre de 2022 por el que se somete a información
pública la petición de autorización administrativa previa de las instalaciones
correspondientes al proyecto denominado "Ampliación de la subestación
Trujillo 220 kV". Término municipal: Trujillo (Cáceres). Expte.: AT-9447.
(2022081894)

A los efectos prevenidos en el título IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector
Eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por
el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de
información pública la petición de autorización administrativa previa de las instalaciones que
a continuación se detallan:
1. Denominación del proyecto: Ampliación de la subestación Trujillo 220 kV.
2. P
 eticionario: Red Eléctrica de España, SAU, con domicilio en paseo Conde de los Gaitanes,
177, 28109 Alcobendas (Madrid).
3. Expediente/s: AT-9447.
4. F
 inalidad del proyecto: Ampliación de la subestación “ST Trujillo” en el parque de 220 kV,
con objeto de facilitar el apoyo a distribución a un agente.
5. Instalaciones incluidas en el proyecto:
La ampliación de la subestación eléctrica ST “Trujillo”, en el parque de 220 kV, tipo GIS,
instalación blindada de interior y configuración de doble barra, consiste en:
— Instalación de una nueva posición totalmente equipada, con interruptor (Transformador
Distribución TRP6).
— Línea subterránea de 220 kV de interconexión entre posición GIS y transformador de
distribución (parque de 132 kV).
6. E
 valuación de impacto ambiental: No es de aplicación ningún trámite de evaluación de impacto ambiental de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
7. R
 esolución del procedimiento: De conformidad con lo establecido en el Decreto 221/2012,
de 9 de noviembre, sobre determinación de los medios de publicación de anuncios de información pública y resoluciones y de los órganos competentes para la resolución de determinados procedimientos administrativos en los sectores energético y de hidrocarburos, pondrá fin al procedimiento la resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.