Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063424)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de explotación avícola, cuyo titular es Román Villalón López, en el término municipal de Capilla.
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NÚMERO 222
Viernes 18 de noviembre de 2022
56824
ANEXO II
Resolución de 4 de julio de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería
para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, por la que se formula Informe de Impacto Ambiental del proyecto de explotación avícola de engorde de pollos, cuyo promotor es Román
Villalón López, en el término municipal de Capilla. IA21/1049.
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental
simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no tiene efectos
significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento al procedimiento
de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1ª de sección 2ª del
capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El proyecto de ampliación de instalación de una explotación avícola de cebo de pollos en régimen intensivo, a ejecutar en el término municipal de Capilla, es encuadrable en el apartado
g) del grupo 1, del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
El promotor del proyecto es Román Villalón López, con NIF XXXX2731N y con domicilio social
en C/ Paseo de los Navegantes, 20 portal 2, 2ºC. 28500 Arganda del Rey (Madrid).
Es Órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
El proyecto consiste en la instalación de una explotación avícola de cebo de pollos en régimen intensivo con una capacidad para 25.071 pollos/ciclo. La explotación se ubicará en la parcela 56 del
polígono 1 del término municipal de Capilla (Badajoz), con una superficie de 1,2575 hectáreas.
Para el desarrollo de la actividad, la explotación dispondrá de una nave de cebo de 15 m x 120
m (1.800 m2), en ella se incluye la sala para el control y de equipos y almacén de insumos. Sala
de control anexa de 4 m x 4 m y almacén de 8 m x 10 m, lazareto de 17,39 m2 de superficie
para observación y secuestro de animales enfermos o sospechosos, fosa de almacenamiento de
lixiviados y aguas de limpieza de las naves de cebo, lazareto y estercolero de 10 m3 de capacidad,
estercolero de 45 m3 de capacidad, vestuarios con aseo de 6 m2 de superficie conectado a fosa
de 2 m3 de capacidad, oficina, zona de almacenamiento de cadáveres, pediluvios y vado.
Viernes 18 de noviembre de 2022
56824
ANEXO II
Resolución de 4 de julio de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería
para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, por la que se formula Informe de Impacto Ambiental del proyecto de explotación avícola de engorde de pollos, cuyo promotor es Román
Villalón López, en el término municipal de Capilla. IA21/1049.
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental
simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no tiene efectos
significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento al procedimiento
de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1ª de sección 2ª del
capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El proyecto de ampliación de instalación de una explotación avícola de cebo de pollos en régimen intensivo, a ejecutar en el término municipal de Capilla, es encuadrable en el apartado
g) del grupo 1, del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
El promotor del proyecto es Román Villalón López, con NIF XXXX2731N y con domicilio social
en C/ Paseo de los Navegantes, 20 portal 2, 2ºC. 28500 Arganda del Rey (Madrid).
Es Órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
El proyecto consiste en la instalación de una explotación avícola de cebo de pollos en régimen intensivo con una capacidad para 25.071 pollos/ciclo. La explotación se ubicará en la parcela 56 del
polígono 1 del término municipal de Capilla (Badajoz), con una superficie de 1,2575 hectáreas.
Para el desarrollo de la actividad, la explotación dispondrá de una nave de cebo de 15 m x 120
m (1.800 m2), en ella se incluye la sala para el control y de equipos y almacén de insumos. Sala
de control anexa de 4 m x 4 m y almacén de 8 m x 10 m, lazareto de 17,39 m2 de superficie
para observación y secuestro de animales enfermos o sospechosos, fosa de almacenamiento de
lixiviados y aguas de limpieza de las naves de cebo, lazareto y estercolero de 10 m3 de capacidad,
estercolero de 45 m3 de capacidad, vestuarios con aseo de 6 m2 de superficie conectado a fosa
de 2 m3 de capacidad, oficina, zona de almacenamiento de cadáveres, pediluvios y vado.