Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. Personal Docente. (2022063529)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 222
Viernes 18 de noviembre de 2022

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Para ello, deberán cumplimentar la solicitud de participación de modo telemático, haciendo
uso del servicio para el registro en el propio proceso, siguiendo las instrucciones que se
indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y el uso
de certificado electrónico.
La presentación por esa vía permitirá:


— Inscripción en línea a través del modelo habilitado.



— Anexar, en su caso, a su solicitud los documentos aludidos en la base 3.3 de esta
convocatoria.



— Pago telemático de las tasas.



— Firma de la solicitud electrónicamente.



— Registro electrónico de la solicitud.

Las solicitudes deberán cumplimentarse, obligatoriamente, por medios electrónicos a través de la dirección publicada en PROFEX, utilizando certificado electrónico para la identificación, y en la misma será necesario indicar si se autoriza o no a la administración a
consultar por medios telemáticos los datos de identidad, y/o de condena por sentencia
firme por algún delito contra la libertad e identidad sexual.
La solicitud, y consecuentemente las instancias de especialidades y turnos que en ella se
hayan incluido, se considerará presentada y registrada en el momento que sea completado todo el proceso telemático, y las personas aspirantes deberán guardar el justificante
generado de registro y pago como confirmación de dicha presentación.
Las solicitudes vincularán a los participantes en los términos en ellas expresados. Los requisitos de participación deberán reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el procedimiento, hasta el nombramiento
como funcionario de carrera, pudiendo ser excluidos por resolución motivada aquellos
aspirantes en los que se acredite la falta de cumplimiento de estos requisitos en cualquier
momento del procedimiento.
No se admitirá ninguna solicitud que no se haya cumplimentado a través de este procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición adicional primera del Real Decreto
203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común