Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Cámaras Oficiales De Comercio, Industria Y Servicios. (2022050207)
Orden de 9 de noviembre de 2022 por la que se convocan elecciones a la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Cáceres.
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NÚMERO 222
Viernes 18 de noviembre de 2022

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ORDEN de 9 de noviembre de 2022 por la que se convocan elecciones a la
Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Cáceres. (2022050207)
El último proceso electoral de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de
Cáceres se llevó a cabo por Orden de 9 de mayo de 2018, de la Consejería de Economía e
Infraestructuras. El mandato de sus órganos de gobierno es cuatrienal, según lo dispuesto en
el artículo 10.1 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio,
Industria, Servicios y Navegación, así como en el artículo 15.3 de la Ley 3/2018, de 21 de
marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. El mandato general de los cuatro años de los órganos de gobierno de las
Cámaras, según establece la disposición transitoria segunda de la Ley 4/2014, de 1 de abril,
se encuentra prorrogado hasta la constitución de nuevos órganos de gobierno tras el correspondiente proceso electoral celebrado de acuerdo con la Ley de Cámaras y a la normativa de
desarrollo de las diferentes comunidades autónomas.
Mediante la Orden ICT/1074/2021, de 30 de septiembre, por la que se declara abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, al amparo de lo previsto en el artículo 18.1 de la Ley
4/2014, de 1 de abril, y en el artículo 24.1 del Real Decreto 669/2015, de 17 de julio, por el
que se desarrolla la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio,
Industria, Servicios y Navegación, declara abierto el proceso electoral para la renovación íntegra de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.
La Ley 3/2018, de 21 de febrero, establece en el artículo 29.1 que, corresponde a la Consejería competente en materia de comercio convocar mediante orden las elecciones para la
renovación del Pleno de la Cámara. En los mismos términos se expresa el artículo 3.2 del
Decreto 96/2022, de 20 de julio, que regula el procedimiento electoral para la designación
de los miembros del Pleno de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente orden tiene por objeto la convocatoria de elecciones generales para la renovación
del Pleno de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Cáceres.
El número de vocalías a cubrir del grupo previsto en la letra a) del artículo 15.1 de la Ley
3/2018, de 21 de febrero, por sufragio libre, igual, directo y secreto es de 24 (veinticuatro).
Así mismo, no habiéndose producido en la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios
de Cáceres aportaciones voluntarias de empresas en los términos previstos por el artículo
17.2 del Reglamento de Régimen Interior de la Cámara de Cáceres, las 3 (tres) vocalías en
representación de las empresas de mayor aportación voluntaria a la Cámara previstas en el
artículo 15.1.b) de la Ley 3/2018, de 21 de febrero, vienen a incrementar las de la letra a)