Servicio Extremeño De Salud. Libre Designación. (2022063432)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca, mediante el sistema de libre designación, la provisión de un puesto de trabajo de Jefe de Servicio de carácter asistencial de Atención Especializada, del Servicio Extremeño de Salud en el Área de Salud de Cáceres.
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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3.3.2. L os servicios prestados en Centros Sanitarios Públicos del Servicio Extremeño de
salud mediante certificado expedido de oficio por el Servicio Extremeño de Salud, quien lo aportará a la Comisión de Valoración. Dicho certificado será objeto
de comunicación a cada participante en la parte privada de la dirección de internet https://saludextremadura.ses.es/bolsa/empleopublico.php, donde cada uno de
ellos podrá acceder a su contenido mediante sus claves personales de acceso o
certificado digital. A tal fin en la resolución de la relación definitiva de admitidos el
Servicio Extremeño de Salud anunciará tanto la puesta a disposición de dicho certificado como el plazo de 5 días hábiles desde el día siguiente a dicha publicación
para que en caso de disconformidad con el contenido del mismo pueda manifestarlo
por escrito ante la Dirección General del Recursos Humanos y Asuntos Generales,
acreditando documentalmente los datos que se consideren erróneos.
3.3.3. L os servicios prestados en Centros Sanitarios, en otros Servicios de Salud distintos
a los de la Comunidad Autónoma de Extremadura se acreditarán, por el propio aspirante, mediante copia auténtica expedida por el órgano competente de la Administración donde se hayan prestado los mismos.
3.3.4. R
 especto de los servicios prestados referidos a guardias médicas, los certificados
deberán expresarse en horas distribuidas por meses naturales.
3.3.5. E
 l ejercicio de la actividad docente deberá acreditarse mediante copia auténtica del
certificado expedido por el órgano o institución correspondiente.
3.3.6. L as publicaciones para que sean valoradas deberán acreditarse mediante la aportación de copia auténtica de las mismas.
3.4. L
 os méritos que no se hayan presentado en el plazo de presentación de solicitudes no
serán tenidos en cuenta para su valoración. La Comisión podrá requerir a los interesados
para cualquier tipo de aclaración que sobre la documentación presentada planteasen, y
éstos se verán obligados a facilitársela. En el caso que el requerimiento no fuese atendido, no se valorará el mérito correspondiente. Respecto de los méritos alegados sólo se
valorarán los realizados hasta la fecha de la publicación de la convocatoria.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
4.1. F
 inalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General De Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud publicará, mediante resolución, en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales así como en los tablones de
anuncios de las Gerencias de Área y en la página web


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