Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063274)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Junta de Extremadura y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, MP para la regulación del Instituto de Arqueología-Mérida (IAM).
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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Tercera. Naturaleza y régimen jurídico del instituto.
1. E
 l IAM se constituye como una estructura mixta de investigación de titularidad compartida
entre las partes firmantes, sin personalidad jurídica propia y con autonomía de gestión,
conformada por los medios humanos, materiales y económicos que aporta cada una de
ellas, que se ponen en común en el marco de una misma estructura organizativa y bajo una
misma dirección científica para la consecución de unos objetivos compartidos.
2. E
 l IAM tiene la consideración a todos los efectos de instituto mixto del CSIC como Organismo Público de Investigación de la Administración General del Estado (OPI), de conformidad
con su normativa reguladora de institutos, y de Centro Público de I+D+i de Extremadura.
Asimismo, el IAM forma parte del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación
(SECTI), como agente de ejecución de conformidad con la Ley 14/2011, de 1 de junio, de
la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y de agente del Sistema Extremeño de Ciencia,
Tecnología e Innovación de Extremadura de conformidad con la Ley 10/2010, de 16 de
noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura.
3. El IAM se constituye como una estructura de investigación sin ánimo de lucro.
4. L
 as actividades científicas y, en general, el funcionamiento del Instituto, se desarrollarán en
régimen de cooperación y de actuación conjunta, mediante la puesta en común de medios,
en los términos previstos en el presente Convenio y su RRI y sin perjuicio de la autonomía
de cada parte y de las facultades de sus respectivos órganos de gobierno y administración,
en especial en lo que se refiere a materias de personal, presupuestos y patrimonio. Las
partes mantendrán la titularidad de los medios aportados al instituto y los gestionarán
conforme a la normativa que les resulte de aplicación en conjunción con lo dispuesto en
este convenio y su RRI.
Cuarta. Funciones.
Para el cumplimiento de sus objetivos generales, y dada la especialidad de las disciplinas científicas en que desarrollará su actividad, el Instituto tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
a) Generar conocimiento sobre el patrimonio arqueológico mediante la sinergia de investigadores expertos y personal técnico cualificado en las distintas áreas de conocimiento,
pertenecientes a las partes firmantes.
b) Desarrollar nuevos procesos, productos y estrategias de innovación en el ámbito del patrimonio arqueológico de los yacimientos existentes en Extremadura y en todo el territorio
nacional.