Consejería De Educación Y Empleo. Inserción Laboral. (2022063495)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Consejera, por la que se convocan las pruebas para la obtención del certificado de superación de competencias clave necesarias para el acceso a los certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3 en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2022/2023.
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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profesional para el empleo, a través de los certificados de profesionalidad. Su objetivo es la
constitución y ordenación de un Sistema de Formación Profesional al servicio de un régimen
de formación y acompañamiento profesionales que sea capaz de responder con flexibilidad a
los intereses, las expectativas y las aspiraciones de cualificación profesional de las personas
a lo largo de su vida.
La tipología de las ofertas del Sistema de Formación Profesional está organizada, de manera
secuencial, en los siguientes grados:
a) Grado A: Acreditación parcial de competencia.
b) Grado B: Certificado de competencia.
c) Grado C: Certificado profesional.
d) Grado D: Ciclo formativo.
e) Grado E: Curso de especialización.
Los certificados de profesionalidad son el instrumento de acreditación oficial, en el ámbito
de la administración laboral, de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales adquiridas a través de procesos formativos o del proceso de
reconocimiento de la experiencia laboral y de vías no formales de formación, y permiten su
correspondencia con los títulos de formación profesional del sistema educativo.
El Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, modificado por el Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, exige para acceder a la
formación de los módulos formativos de los certificados de profesionalidad de los niveles de
cualificación profesional 2 y 3, estar en posesión de una determinada titulación o acreditación.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.2 f) del citado Real Decreto,
las personas que no posean dicha titulación o acreditación podrán acceder a los cursos de certificado de profesionalidad si demuestran que poseen las competencias clave o conocimientos
de matemáticas y lengua castellana y, para determinados certificados de profesionalidad, de
comunicación en lengua extranjera, de acuerdo con lo recogido en el Anexo IV del citado Real
Decreto.
Existen dos formas de acreditar que están en posesión de dichas competencias clave:
a) Mediante la superación de las pruebas libres convocadas por la Administración para la
obtención del certificado de superación de las competencias clave.