Consejería De Educación Y Empleo. Inserción Laboral. (2022063495)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Consejera, por la que se convocan las pruebas para la obtención del certificado de superación de competencias clave necesarias para el acceso a los certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3 en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2022/2023.
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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Decimoctavo. Exenciones de competencias clave de nivel 3.
1. E
 l alumnado interesado en las exenciones a que hacen referencia los apartados siguientes,
deberá hacerlo constar en la solicitud de inscripción y acompañar, en su caso, originales
o copia auténtica o copia con código seguro de verificación de la documentación que lo
acredite.
2. P
 odrán eximirse alguna de las competencias claves de nivel 3 según los siguientes supuestos:
a) Quienes acrediten tener superadas las materias correspondientes de 2º curso de Bachillerato según Decreto por el que se establece el currículo correspondiente del Bachillerato en Extremadura.
b) Quienes acrediten tener superados los ejercicios correspondientes de la parte común de
la prueba de acceso a Grado Superior de Formación Profesional.
c) Quienes acrediten tener superada alguna competencia clave en convocatorias anteriores
de estas pruebas para el nivel 3.
d) Quienes acrediten tener superada alguna de las competencias claves en un curso presencial de Competencias Clave de nivel 3.
e) A
 simismo, las personas que hayan superado el primer curso del Nivel Intermedio de
las Enseñanzas de Idiomas estarán exentas de realizar la competencia clave de Lengua
Extranjera N-3.
Disposición adicional. Habilitación.
La Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo podrá dictar las
instrucciones que se consideren necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente
resolución.
Disposición final. Eficacia y recursos.
La presente resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados potestativamente recurso de reposición ante la titular de la Consejería de Educación y
Empleo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario
oficial de Extremadura, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.