Consejería De Educación Y Empleo. Inserción Laboral. (2022063495)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Consejera, por la que se convocan las pruebas para la obtención del certificado de superación de competencias clave necesarias para el acceso a los certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3 en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2022/2023.
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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Decimoquinto. Reclamaciones a las calificaciones en estas pruebas.
1. E
 l alumnado que ha participado en estas pruebas, una vez publicadas las actas de evaluación y en el plazo fijado en el calendario de actuaciones (anexo II), podrán presentar
una solicitud de revisión de la calificación obtenida dirigida a la presidencia de la comisión
evaluadora que tiene designada, según modelo que aparece como anexo XV, en el que se
harán constar claramente los motivos de la reclamación y la parte que se desea revisar.
2. L
 as solicitudes de reclamación se presentarán en el centro de realización de la prueba.
3. L
 as reclamaciones se resolverán por acuerdo de la comisión evaluadora. En caso de rectificación de la calificación, ésta se anotará mediante diligencia en la correspondiente acta
de evaluación.
4. L
 a revisión podría acarrear una disminución en la nota inicial, en caso de que se advirtiera
error en la calificación anterior.
5. S
 i persiste la discrepancia con la calificación definitiva, la persona interesada podrá interponer recurso de alzada ante la persona que ostente la titularidad de la Delegación Provincial
de la Consejería de Educación y Empleo de la provincia que corresponda, en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente a la comunicación, de conformidad con lo establecido
en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Decimosexto. Estadísticas de las pruebas.
Finalizadas las pruebas, las comisiones evaluadoras remitirán a las Delegaciones Provinciales
de Educación un resumen estadístico de los resultados obtenidos, según el modelo establecido en el anexo XVI.
Decimoséptimo. Exenciones de competencias clave de nivel 2.
1. E
 l alumnado interesado en las exenciones a que hacen referencia los apartados siguientes,
deberá hacerlo constar en la solicitud de inscripción y acompañar, en su caso, originales
o copia auténtica o copia con código seguro de verificación de la documentación que lo
acredite.
2. P
 odrán eximirse alguna de las competencias clave de nivel 2 de acuerdo con los siguientes
supuestos:
a) Quienes acrediten la superación del ámbito correspondiente de los módulos voluntarios
de un Programa de Cualificación Profesional Inicial, siempre que se hayan superado
previamente los módulos obligatorios del mismo.