Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2022040160)
Decreto 108/2022, de 28 de julio, por el que se modifica la disposición adicional única, primera convocatoria, del Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración Local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
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Jueves 17 de noviembre de 2022

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servicios de recogida y transporte de residuos municipales, que tengan personalidad jurídica
propia y actúen como representantes de un municipio o mancomunidad en virtud al acuerdo
de delegación de competencias, dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que pretendan ejecutar alguna de las actua­ciones recogidas en el anexo I del decreto,
según las condiciones establecidas en las bases, dándose la circunstancia de que, siendo
posibles beneficiarias dichas entidades, no se ha habilitado la aplicación presupuestaria correspondiente (18003.354A.76900) para financiar las ayudas que puedan solicitarse por los
consorcios supramunicipales.
Esta circunstancia ha provocado la necesidad de corregir dicha situación antes de proceder a
la resolución de concesión de las ayudas de las líneas 2, 4 y 5 convocadas. Asimismo conlleva
la necesidad de modificar los plazos de ejecución de las actuaciones, y de justificación y abono
de las ayudas, puesto que no será posible su finalización dentro del plazo previsto en apartado
10 de la convocatoria, que establece que la entidad beneficiaria deberá presentar la justificación total de los gastos y pagos efectivamente realizados y acreditados, acta de recepción de
las obras, en su caso, en el plazo máximo de un mes, a partir de la finalización de los trabajos
y, en todo caso, siempre antes del 30 de octubre de 2023.
Igualmente se informa que las ayudas convocadas para las líneas 1 y 3, han sido resueltas
y las solicitudes de ayuda para las líneas 2, 4 y 5 ya han sido valoradas por la Comisión de
Valoración, con informe de 13 de diciembre de 2021, así teniendo en cuenta lo establecido en
el artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, según el cual la propuesta de resolución de las ayudas, no puede separarse
de lo que la Comisión de valoración informa, es posible, por tanto, ajustar los créditos necesarios en la presente modificación.
Por ello, se hace necesario la modificación de la disposición adicional única, primera convocatoria, del Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de
las subvenciones públicas destinadas a la Administración local para actuaciones encaminadas
a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, en lo referente a las aplicaciones presupuestarias previstas para financiar aquellas líneas que han sido solicitadas dentro
de la convocatoria y aún no han sido resueltas, que son las líneas 2, 4 y 5, así como el plazo
de ejecución y justificación de las actuaciones, previsto en el apartado diez de la convocatoria.
En virtud de los expuesto, de conformidad con el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a
propuesta de la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, y previa deliberación
del Consejo de Gobierno en su reunión de 28 de julio de 2022,