Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Notificaciones. (2022081869)
Anuncio de 8 de noviembre de 2022 sobre notificación por publicación del primer requerimiento de subsanación del procedimiento de ayudas para la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna correspondiente a la convocatoria establecida en la disposición adicional segunda del Decreto 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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ANEXO
Listado de interesados a los que se requiere subsanación de la solicitud de ayuda destinada a
la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna

Las incidencias detectadas se identifican mediante códigos cuya descripción se encuentra al final de este listado.

NIF: B28063865
Nº EXPEDIENTE: CN0002/22/SUB
INCIDENCIAS DETECTADAS: 3.a; 5.a; 12.a; 13.a; 14.b.3); 14.b.5); 14.b.6); 14.b.8)
OBSERVACIONES DOCUMENTACIÓN:
OBSERVACIONES MEMORIA DE ACTUACIONES:
14.b.3) No se proporciona una descripción completa de los apoyos que integran la línea electrica para la que
solicita la ayuda según las especificaciones recogidas en el artículo 10.k.2º del Decreto 35/2022, de 6 de abril.
14.b.5) Se deberán aclarar las distancias mínimas de seguridad establecidas en el apartado 11 "Crucetas" del
proyecto (700 mm en amarre y 350 mm en suspensión), por contravenir los especificado en el artículo 3.1.a)
del Decreto 35/2022, de 6 de abril y por ser incongruente con lo establecido en el apartado 16 "Medidas
correctoras avifauna" del propio proyecto.
Se deberá aportar justificación relativa a la necesidad de la sustitución de los fustes de los apoyos con crucetas
con cadenas de aisladores en posición rígida, por considerarse que con la sustitución de crucetas con cadenas
de aisladores en posición suspendida se cumplirían las medidas de prevención contra la electrocución
establecidas en el artículo 3 del Decreto 35/2022, de 6 de abril.
Se deberá aportar justificación relativa a la necesidad de la sustitución de los apoyos con la derivación y fin
de línea, por considerarse que con la sustitución de las cadenas de aisladores y el aislamiento de elementos
en tensión se cumplirían las medidas de prevención contra la electrocución establecidas en el artículo 3 del
Decreto 35/2022, de 6 de abril.
14.b.6) Se deberá aportar un reportaje fotográfico que permita identificar cada tipología de apoyo con la
descripción de los mismos y el número de apoyos que pertenezcan a cada una de las tipologías de apoyos
que integran la línea eléctrica a desmantelar y montar.
14.b.8) El presupuesto presenta las siguientes incidencias:
- Se utiliza erróneamente la partida UDARHOadb y USARHOcdb ya que se utiliza indistintamente tanto para
el desmontaje y suministro y montaje de armados metálicos tipo horizontal como para el de crucetas
auxiliares, existiendo para éstas últimas partidas específicas (UDPAAUXa y USPAAUXa).
- La partida de desmontaje de cable desnudo unipolar tipo LA-30 (27-AL1/4-ST1A), USMCPUaab,
corresponde a tendido en puentes entre cadenas de aisladores o equipos no correspondiéndose a los
conductores se figura en el presupuesto. En cualquier caso, se deberán justificar las mediciones
correspondientes a esta partida.
- Se han detectado incongruencias en las unidades de alguna de las partidas especificadas (desmontaje de
aisladores rígidos, aislamiento de puentes, aislamiento de conductores, etc) ya que no se corresponden con
las necesidades que presenta la línea eléctrica.
- Las partidas de desmontaje y recuperación de chatarra, instalación de fustes metálicos y de hormigón,
suministro y montaje de conductor, tomas de tierra y obra civil no figuran en los valores unitarios de
referencia recogidos en el art. 4.3 del Decreto 35/2022, de 6 de abril.