Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022081875)
Anuncio de 14 de octubre de 2022 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Arco I", a realizar en los términos municipales de Malpartida de Cáceres, Casar de Cáceres y Cáceres (Cáceres). Expte.: IA22/397.
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NÚMERO 221
Jueves 17 de noviembre de 2022

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• Las infraestructuras necesarias hasta llegar al punto de evacuación final situado en la
“SET Cáceres” 45 kV, sita en el polígono 21, parcela 9000, del término municipal de Cáceres, propiedad de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, consisten en:


–T
 ramo 1: Línea aérea de 45 kV, y 1.447,31 m de longitud, con origen en la “SET Arco
1”, y final en el apoyo número 9 de paso de aéreo a subterráneo.



–T
 ramo 2: Línea subterránea de 45 kV, y 63,2 m de longitud, con origen en el apoyo
número 9 de paso de aéreo a subterráneo, del tramo 1; y final en el apoyo número
de 10 de paso de aéreo a subterráneo.



–T
 ramo 3: Línea aérea de 45 kV, y 11.310,5 m de longitud, con origen en el apoyo
número 10 de paso de aéreo a subterráneo del tramo 2, y final en el apoyo n.º 67.



–T
 ramo 4: Línea subterránea de 45 kV, y 7.225,9 m de longitud, con origen en el apoyo
n.º 67 de paso de aéreo a subterráneo del tramo 3, y final en la “SET Cáceres”.

El promotor del proyecto es Gandasolar 16, SL, con CIF número B-42772665 y domicilio social
en calle Poeta Joan Maragall, 1, 5ª planta (28020) Madrid.
El órgano competente para el otorgamiento de la autorización sustantiva es la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
El órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Así mismo, la declaración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos
de la calificación urbanística, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles
sobre los que pretende implantarse la actividad, por disponerlo así el artículo 71.3 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 14 de octubre de 2022. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.