Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2022063418)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se resuelve la convocatoria para la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Miércoles 16 de noviembre de 2022

RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2022, de la Dirección General de
Innovación e Inclusión Educativa, por la que se resuelve la convocatoria para
la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes
de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. (2022063418)
De conformidad con lo dispuesto en el resuelvo octavo de la Resolución de 7 de septiembre
de 2022, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca
la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no
universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE núm. 176, de 13 de septiembre de 2022), y a propuesta de la Comisión de Selección y
Valoración, en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Estimar los proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, que se relacionan en el anexo I de la
presente resolución.
Segundo. Desestimar los proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, que se relacionan en el anexo II
de la presente resolución.
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo
de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, podrá interponerse directamente en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su
publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida, o ante el correspondiente al de la circunscripción en el que el demandante
tenga su domicilio, a la elección de éste. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda
ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 9 de noviembre de 2022.
El Director General de Innovación e
Inclusión Educativa,
JUAN PABLO VENERO VALENZUELA