Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063421)
Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto "Concesión de aguas subterráneas y charca para riego de 28,94 ha de olivar y uso ganadero", en el término municipal de Olivenza, cuyo promotor es D. Antonio Antúnez Gómez. Expte.: IA20/0236.
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Miércoles 16 de noviembre de 2022

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existiendo recurso superficial suficiente ni asignación en el vigente Plan Hidrológico, por
lo que la extracción contemplada supondría una afección significativa tanto del sistema
hidrológico como sobre la calidad de dichas aguas superficiales. La captación de aguas
subterráneas contemplada se sitúa dentro del Sistema de Explotación Central, pero
fuera de las MASb definidas en las Disposiciones Normativas del vigente Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana. Se considera que
la extracción de aguas subterráneas propuesta es compatible con el Plan Hidrológico de
cuenca, siempre que se acredite la disponibilidad de recursos.
En toda puesta en riego existe la probabilidad de que elementos contaminantes lleguen
a alguna masa de agua (superficial o subterránea), entre ellos: insecticidas, plaguicidas, fertilizantes, etc. Todos ellos, cuando no los asumen la vegetación o la tierra, son
arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a la red de drenaje natural. Aunque no
se considera que la actividad vaya a generar aguas residuales que puedan ser vertidas
al DPH.
En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución de la tramitación de la solicitud de aprovechamiento de aguas para riego por parte del promotor
ante el Organismo de Cuenca competente (Confederación Hidrográfica del Guadiana).
— Suelos.
Los impactos más importantes se produjeron durante la ejecución del proyecto: son los
debidos a los movimientos de tierra necesarios para la preparación del terreno, establecimiento de los cultivos (nivelación, laboreos, etc.) e instalación de las infraestructuras
necesarias del sistema de riego. A estos le añadimos aquellos como consecuencia de
posibles vertidos accidentales de la maquinaria, compactación por el tránsito de vehículos y maquinaria y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones en los nuevos
cultivos.
Al tratarse la zona de actuación de una zona sin apenas pendientes, los movimientos de
tierra no se espera que supongan un incremento del riesgo de aparición de fenómenos
erosivos.
— Fauna.
Aun cuando un valor natural presente en el entorno, según los Planes de Gestión de
los espacios Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio
Natural y de la Biodiversidad es el sisón, no se considera que por las características de
la actividad vaya a suponer afección sobre el mismo. Por lo que no se prevén impactos
significativos sobre la fauna de la zona.