Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063266)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para formalizar la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura para la realización de la línea de actuación LA1 del Programa de I+D+I en el Área Energía e Hidrógeno Verde, financiada con los fondos del Programa Operativo FEDER 2021-2027 de Extremadura, incluida en la medida de inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Miércoles 16 de noviembre de 2022

Todas las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que sean financiados con cargo a la presente concesión directa deberán cumplir con los requisitos de identificación, información y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos
en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones
financiadas por la Junta de Extremadura.
Decimocuarta. Régimen Jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio se establece al amparo del artículo 47.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tiene naturaleza administrativa y se encuentra excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4, en relación con el artículo 6 de dicho texto
legal. En consecuencia, se regirá, en todo lo no previsto de forma expresa en él, por la citada
Ley 40/2015, de 1 de octubre (artículos 47 a 53), y demás normas de derecho administrativo
que le sean de aplicación. No obstante, el procedimiento y los requisitos para la formalización
de los contratos a celebrar por la entidad beneficiaria para la ejecución de las actuaciones,
deberán estar sujeto a la aplicación estricta de la Ley de Contratos del Sector Público.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán resueltas
de mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en
la cláusula undécima de este convenio.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio, en el lugar y fecha
señalados en el encabezamiento.
El Secretario General.
PD, Resolución de 21 de agosto de 2019
(DOE n.º 163, de 23 de agosto de 2019),
El Secretario General de Ciencia,
Tecnología, Innovación y Universidad,

El Rector.
PD, Resolución de 21 de marzo de 2019
(DOE n.º 62, de 29 de marzo de 2019),
Vicerrector de Investigación y
Transferencia,

JESÚS ALONSO SÁNCHEZ

PEDRO M.ª FERNÁNDEZ SALGUERO