Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063266)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para formalizar la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura para la realización de la línea de actuación LA1 del Programa de I+D+I en el Área Energía e Hidrógeno Verde, financiada con los fondos del Programa Operativo FEDER 2021-2027 de Extremadura, incluida en la medida de inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
34 páginas totales
Página
NÚMERO 220
Miércoles 16 de noviembre de 2022

55947

f) En relación con aquellas actuaciones que se subcontraten, habrán de preverse mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplan con el principio “no causar un
perjuicio significativo”.
2. O
 bligaciones vinculadas a la protección de los intereses financieros de la Unión Europea.
a) Será responsable de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las inversiones indicadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de
cada inversión y de los indicadores que se hayan establecido al respecto.
b) Deberá establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar por terceros contribuyen al logro de las inversiones previstas y que dichos terceros aporten la
información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores
de seguimiento del PRTR.
c) Se obligará al aseguramiento de la regularidad del gasto subyacente y de la adopción
de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción,
prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.
d) Guardará la trazabilidad de cada una de las inversiones y recabará a efectos de auditoría
y control la información cada uno de los perceptores finales de los fondos.
e) S
 e someterá a las actuaciones de control de las instituciones de la Unión.
f) Custodiará y conservará la documentación vinculada a la actividad financiada.
g) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.1 de la Comunicación de la Comisión sobre el Marco sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C
198/01), no se aplicará lo dispuesto en el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea a las ayudas previstas en esta transferencia, dado que se otorga
a un organismo de investigación para la realización de actividades no económicas. No
obstante, UEX deberá consignar por separado la financiación, los costes y los ingresos
correspondientes a las actividades económicas y no económicas del centro.
3. O
 bligaciones en materia de información, comunicación y publicidad de los fondos europeos.
Deberán observarse las obligaciones de información y publicidad de los artículos 47, 49, 50
y anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de
junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de
Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas