Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063265)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para formalizar la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura para la realización de las líneas de actuación LA3 y LA4, del programa de I+D+I en el Área de Biodiversidad financiadas con los fondos del Programa Operativo FEDER Extremadura 2021-2027, incluidas en la Medida de Inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del Componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 220

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Miércoles 16 de noviembre de 2022

competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y la conectividad TIC regional”, Objetivo Específico 1 “Desarrollar y mejorar las capacidades de investigación e innovación y el uso de tecnologías avanzadas“, con el siguiente
desglose por anualidades:
Aplicación
Presupuestaria/
Proyecto/Fuente
Financiación

2022

2023

2024

2025

Importe

140020000 G/331B/74500/
20220400/FD211A1104

1.446.180 €

1.156.944 €

144.618 €

144.618 €

2.892.360 €

Tercera. Razones que justifican la concesión directa.
El artículo 32 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura desarrolla la tipología concreta y excepcional de subvención de concesión directa sin convocatoria previa, prevista en el 22.4.c) del citado cuerpo legal derivada de razones sociales, humanitarias, de interés público, económico o cualesquiera otras circunstancias
motivadas que dificulten la convocatoria.
La letra a) del artículo 32.1 identifica un supuesto excepcional concreto de esta subvención,
que, en su literal, se da: “Cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines de
lucro”.
La concesión directa en el supuesto regulado se centra en determinar la concurrencia de dos
requisitos:
— La especial naturaleza de la actividad a subvencionar.
— Las especiales características del perceptor, Entidad Pública o Entidad Privada sin ánimo
de lucro y por la que no sea posible promover la concurrencia pública.
En cuanto a la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR) es la hoja de ruta que traza el gobierno para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de
empleo, además para conseguir una reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente
tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década.