Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Pesca. (2022050204)
Orden de 7 de noviembre de 2022 general de vedas de pesca en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
14 páginas totales
Página
Pacifastacus leniusculus

Cangrejo señal

NOMBRE CIENTÍFICO

Squalius pyrenaicus

Cobitis paludica

Cobitis vettonica

Anaecypris hispanica

Salaria fluviatilis
Austropotamobius
pallipes

ESPECIE

Cacho o bordallo (en Guadiana)

Colmilleja o lamprehuela

Colmilleja del Alagón

Jarabugo

Fraile

Pejerrey

Anguila

Espinoso

Albur

Saboga

Sábalo

ESPECIE

Atherina boyeri

Mugil cephalus
Gasterosteus
aculeatus
Anguilla anguilla

Alosa falax

Alosa alosa

NOMBRE CIENTÍFICO

Lamprea marina
Esturión (extinguido en
Extremadura)
Lamprea de río (extinguida)

ESPECIE

Lampetra fluviatilis

Acipenser sturio

Petromyzon marinus

NOMBRE CIENTÍFICO

Micropterus salmoides

Miércoles 16 de noviembre de 2022

Cangrejo de río

Black-bass

TABLA IV: ESPECIES AMENAZADAS
(En caso de captura accidental son de OBLIGADA SUELTA INMEDIATA a sus aguas de origen)

* Se incluyen otros peces o cangrejos exóticos no presentes hasta la entrada en vigor de esta orden.

Procambarus clarkii

Cangrejo rojo

Gambusia holbrooki

Gambusia

Alburnus alburnus
Pseudorasbora parva

Alburno

Ictalurus punctatus

Pez gato punteado

Pseudorasbora

Esox lucius

Lucio

Ameiurus melas

Oncorhynchus mykiss

Pez gato negro

Cyprinus carpio

Carpa
Trucha-arcoiris

Silurus glanis
Lepomis gibbosus

Siluro

Percasol

Carassius auratus

Carpín

Sander lucioperca

Lucioperca

NOMBRE CIENTIFICO

NOMBRE CIENTIFICO

ESPECIE

ESPECIE

PROHIBIDA SU DEVOLUCIÓN VIVAS A LAS AGUAS DE PROCEDENCIA
EXCEPTO EN LOS CASOS EN QUE SEAN PESCABLES (TABLA I)

PROHIBIDA SU DEVOLUCIÓN VIVAS A LAS AGUAS DE PROCEDENCIA (así
como la difusión de prácticas o eventos que directamente lo promuevan)

(Se prohíbe con ejemplares vivos su posesión, transporte, tráfico y comercio, así
como de sus propágulos o restos que pudieran sobrevivir o reproducirse)

TABLA III: ESPECIES DE CARÁCTER INVASOR
EXCEPTO EN LOS CASOS CONTEMPLADOS EN LA TABLA I
(Se prohíbe con ejemplares vivos su posesión, transporte, tráfico y comercio,
así como de sus propágulos o restos que pudieran sobrevivir o reproducirse)

TABLA II: ESPECIES DE CARÁCTER INVASOR EN TODOS LOS CASOS

ANEXO I: CUADRO DE ESPECIES

NÚMERO 220

55823