Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Deportes. Ayudas. (2022063411)
Extracto de la Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2022 de las ayudas del programa "Somos deporte".
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Miércoles 16 de noviembre de 2022

Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 109/2016, de 19 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas con cargo al programa “Somos deporte” (DOE número 142, de 25 de julio),
modificado por el Decreto 25/2017, de 7 de marzo (DOE número 50, de 13 de marzo).
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas se financiarán por importe total de 460.000 euros, con fondos de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, conforme al siguiente detalle:
a) 
180.000

euros

con

cargo

a

la

aplicación

presupuestaria

150040000

G/274A/48100/20170209/CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
b) 
280.000

euros

con

cargo

a

la

aplicación

presupuestaria

150040000

G/274A/48100/20170209/CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
Para los deportistas, la cantidad a recibir estará en función del campeonato, modalidad deportiva, prueba o pruebas, puesto obtenido y categoría en la que se haya participado, correspondiéndose con la cifra indicada para cada caso en los anexos I y II de la resolución, conforme
a la Resolución de 11 de abril de 2018, de la Consejera de Cultura e Igualdad de la Junta de
Extremadura (DOE número 87, de 7 de mayo). Las cuantías que se otorgarán por la participación del deportista en las competiciones internacionales indicadas en el Anexo I, se verán
incrementadas en un 25% si el deportista obtuvo como resultado un tercer, segundo o primer
puesto en la clasificación final.
Para los entrenadores beneficiarios la ayuda a percibir será una cantidad fija y máxima de
1.500 euros.
La cantidad máxima a recibir por cada interesado no podrá superar, en ningún caso, la cuantía
máxima de 15.000 euros.
Se podrán conceder ayudas hasta que se agote totalmente la dotación prevista inicialmente o
la que, en su caso, haya sido ampliada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.3 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Presentación de solicitudes.
Las solicitudes y demás documentación, dirigidas a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, podrán presentarse: