Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063420)
Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 51,04 hectáreas de olivar y hortícolas", cuyas promotoras son Dña. Julia García Orio-Zabala Villalón y Dña. Carmen García Orio-Zabala Villalón, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA19/0641.
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

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— Vegetación.
Al tratarse de terrenos agrícolas ya consolidados, no existe una afección directa o indirecta sobre la vegetación natural. No obstante, se propondrán medidas para fomentar
la aparición de cierta vegetación natural de carácter espontáneo en las lindes de la zona
de actuación.
— Paisaje.
El paisaje sufrirá una transformación de carácter permanente durante la vida útil del
cultivo que se pretende implantar. Como se ha comentado con anterioridad, no se considera una afección significativa, debido a la importante extensión de zonas cultivadas
existente en los alrededores. Asimismo, se introducirá una cierta diversificación en un
paisaje tradicionalmente agrícola.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas derivadas de los trabajos de preparación del terreno (movimientos de tierras, construcción de caseta y
zanjas, transporte y carga de materiales, etc.), por gases derivados de la combustión
y compuestos orgánicos volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria,
así como aumento de los niveles sonoros. Una vez concluidas las obras esta afección
desaparece. No obstante se incorporan en este informe una serie de medidas para mitigar estos efectos en la fase de construcción.
Durante la fase de funcionamiento, los elementos que pueden originar ruidos y emisiones de partículas serán los procedentes de la maquinaria que realice las labores culturales de los cultivos y el funcionamiento de los equipos de bombeo, teniendo estos una
baja incidencia sobre el entorno aplicando las correspondientes medidas preventivas
y/o correctoras.
— Patrimonio arqueológico y Dominio Público.
Aunque la Carta Arqueológica, según el informe de la Dirección General de Bibliotecas,
Archivos y Patrimonio Cultural, no indica en la parcela de referencia la presencia de
ningún yacimiento arqueológico, a efectos de la protección del patrimonio de interés
arqueológico y/o etnográfico no detectado en superficie, que pudiera aparecer durante
el funcionamiento de la actividad, y evitar posibles incidencias sobre el mismo, se impondrá una medida de obligado cumplimiento en el presente Informe.