Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063387)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para una construcción de planta de hormigón, promovida por Felipe Sierra e Hijos, SL, en el término municipal de Castilblanco (Badajoz).
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

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— Se notificará a la Consejería de la Comunidad Autónoma de Extremadura con competencias en materia de Medio Ambiente, modificación sustancial, cese o clausura de las
instalaciones. Dicha notificación se realizará conforme a lo que se establezca la normativa reglamentaria.
8. O
 tras consideraciones.
— Se desarrollará la actividad cumpliendo todas las condiciones de garantía, seguridad y
sanitarias impuestas por las disposiciones vigentes.
— Serán de aplicación todas las medidas correctoras propuestas en este condicionado
ambiental y las incluidas en el estudio de impacto ambiental, mientras no sean contradictorias con las primeras.
— Se informará del contenido de este informe a todos los operarios que realicen las actividades, así mismo, se dispondrá de una copia del presente informe, así como cualquier
otra autorización o informe sectorial que sea necesario para el desarrollo de la actividad,
en el lugar donde se realicen los trabajos.
— Para las actuaciones en zona de policía, para las captaciones de agua y/o para el vertido
de aguas residuales, se deberá contar con la correspondiente autorización administrativa de la Confederación Hidrográfica del Guadiana conforme a las disposiciones vigentes.
— Las afecciones, si las hubiera, sobre dominio público hidráulico, vías pecuarias, montes
de utilidad pública, caminos públicos u otras infraestructuras y servidumbres existentes
deberán contar con los permisos de ocupación y autorizaciones pertinentes, garantizándose su adecuado funcionamiento y estado durante toda la duración de la actividad. Se
deberá mantener una distancia de seguridad suficiente con los cauces, los caminos y las
infraestructuras existentes.
— Respecto a la ubicación y construcción se atenderá a lo establecido en la Normativa
Urbanística y en la autorización ambiental, correspondiendo a los Ayuntamientos y la
Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, respectivamente, las competencias en estas materias.
— Cualquier modificación del proyecto será comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad, de acuerdo al artículo 89 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El presente Informe se emite sólo a los efectos ambientales y en virtud de la legislación específica vigente, sin perjuicio de aquellas otras autorizaciones sectoriales o licencias que sean
necesarias para la ejecución del proyecto.