Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063391)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para el riego de 20,30 ha de olivar existente, en la finca Los Limonetes", en el término municipal de Badajoz, cuyo promotor es D. Baltasar Gallardo Díaz. Expte.: IA18/1938.
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

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Dotación para el cultivo de olivar: 1.462,85 m3/ha-año.
Volumen total anual para el olivar: 29.696,00 m3/año.
En cuanto a la generación de residuos en la fase de explotación, serán los típicos en este
tipo de actividades agrícolas (gases de combustión de la maquinaria agrícola, envases de
productos agroquímicos, etc.). Por lo que respecta a la generación de ruidos, éstos procederán de la propia maquinaria agrícola de las explotaciones, así como de los grupos de
bombeo.
3.2. Ubicación del proyecto.


3.2.1. Descripción del lugar.

La zona de actuación se localiza en la finca “Los Limonetes”, en el polígono 191, parcela
43 del término municipal de Badajoz. El acceso a la misma se encuentra a 1.100 m al
sur del casco urbano de Alvarado (Badajoz), tomando desde la población la carretera
BA-022 en dirección Corte de Peleas, en el P.K. 17 se accede a un camino rural donde
se encuentra la finca.
La actividad solicitada está integrada con el entorno por tratarse de una zona de marcado carácter agrícola, en la que predominan los cultivos de vid y olivo, fundamentalmente, salpicados por tierras de labor.
Se trata de una zona con un relieve completamente llano, con una pendiente media de
entre el 3-5 %.
El cauce de un arroyo tributario de la Rivera de la Albuera discurre a unos 100 metros
al sur de la zona de actuación planteada. Nos encontramos sobre la MASb de las Vegas
Bajas, colindante a la zona oficial de riego del Canal de Lobón.
La parcela se encuentra catalogada como sensibles al uso de fitosanitarios.
Por otro lado, la zona de actuación no se encuentra incluida dentro de lugares de la Red
Natura 2000 ni dentro de otras Áreas Protegidas de Extremadura (Ley 8/1998, de 26
de junio, de conservación de la naturaleza y de espacios naturales de Extremadura).
Por último, en cuanto a la vegetación natural existente, dentro de las zonas que se encuentran cultivadas de olivar es inexistente.


3.2.2. Alternativas del proyecto.

El documento ambiental plantea la Alternativa 0 o de no actuación, manteniendo la situación actual. En el caso que nos ocupa, el cultivo se encuentra totalmente establecido