Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2022063398)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental para el proyecto de instalación solar fotovoltaica "Piñuela" e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada en el término municipal de Cáceres. Expte.: IA20/118.
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

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3. Para la tarea de vigilancia de la planta, no se utilizarán sistemas de emisión lumínica
durante la noche, empleando cámaras de infrarrojos u otra alternativa, con objeto de
evitar molestias a la fauna y la contaminación lumínica del entorno. Se instalarán interruptores con control de encendido y apagado de la iluminación según hora de puesta y
salida del sol.
4. N
 o se producirá ningún tipo de acumulación de materiales o vertidos fuera de las zonas
habilitadas.
5. E
 n el caso de instalar fosa séptica estanca, deberá contar con certificado de estanqueidad suscrito por técnico competente y estará debidamente dimensionada para albergar
el caudal máximo. Se deberá evacuar el contenido antes de superar los 2/3 de sus capacidades. Se realizarán las tareas de mantenimiento oportunas para garantizar el buen
funcionamiento del sistema. Las aguas residuales de la fosa séptica serán gestionadas
por gestor de residuos autorizado.
6. Queda prohibido, con carácter general, el vertido directo o indirecto de aguas y productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro
elemento del dominio público hidráulico, salvo que cuente con la previa autorización
administrativa de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
7. S
 e cumplirá lo dispuesto en los términos recogidos en el Real Decreto 1066/2001, de 28
de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y
medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.
8. Se realizará un mantenimiento preventivo de todos los aparatos eléctricos que contengan aceites o gases dieléctricos.
D.4. Medidas compensatorias.
El promotor, de forma previa al inicio de las obras de la ISF, deberá presentar para su aprobación por la DGS, una propuesta de medidas compensatorias destinadas a compensar los
posibles impactos residuales, evitando con ello un deterioro del conjunto de variables que
definen el estado de conservación de hábitats y especies afectados por la implantación de
la planta solar fotovoltaica “Piñuela” y su infraestructura de evacuación. La precitada propuesta deberá contener, al menos, las siguientes medidas compensatorias:
1. Construcción y mantenimiento de una charca en la zona sur de la planta que sirva de
bebedero para las especies del entorno.