Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063389)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental para el proyecto de instalación solar fotovoltaica "Jabalí 1" y línea de evacuación asociada en el término municipal de Cáceres. Expte.: IA20/641.
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

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— Consideraciones del promotor a la alegación de mercantil Tecnologia Extremeña del Litio, SL.
En relación a los efectos sinérgicos del proyecto con instalaciones similares en el área
de estudio, el área ocupada por las instalaciones es tremendamente inferior a lo mencionado en la alegación.
Para el efecto barrera que puede suponer el proyecto a la fauna durante sus movimientos en busca de territorios de alimentación, cría o migraciones. Se considera que las
instalaciones existentes ya ejercen un efecto barrera sobre la fauna circundante, sobre
todos las dos carreteras que impiden el paso faunístico de manera sustancial.
En el caso de este proyecto, en la fase de diseño, se han aplicado criterios de unificación
de líneas de evacuación y decisión de que sea subterránea como medidas preventivas,
provocando una reducción de los impactos desde el inicio de las ventajas que esto conlleva en la evitación de efectos sobre el medio.
El proyecto recoge un plan de restauración de la zona de actuación en tanto en la fase
de construcción y explotación, como en la de desmantelamiento.
En cuanto a la posible afección por efecto albedo, los módulos fotovoltaicos van colocados sobre seguidores (un eje) y sobre el mismo irán rotando de posición. Por lo que
“el oscurecimiento de áreas importantes de terreno cubierto por las placas fotovoltaicas
oscuras” no se considerara que produzca un impacto relevante.
— Consideraciones del promotor al informe de la Unidad de Carreteras de Cáceres de la
Demarcación de Carreteras del Estado de Extremadura.
El promotor declara su conformidad en todos los puntos reflejados y expone que presentará los estudios requeridos en el momento de solicitar el acceso ante el citado
organismo.
— Consideraciones del promotor al informe de la Dirección General de Salud Pública:
En relación al uso del agua para la limpieza periódica de los paneles fotovoltaicos Se
empleará agua para la limpieza de los módulos fotovoltaicos con una periodicidad de
dos veces anuales, dicha limpieza será realizada por una empresa especializada en las
mismas laborales. La limpieza será realizada con agua y sin ninguna sustancia química
que pueda suponer un riesgo al incorporarse a los cauces naturales que circulan por la
zona. La procedencia de estas aguas será externa a las zonas de implantación del parque fotovoltaico, no afectando de esta forma a su zona hídrica, proviniendo las mismas