Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063371)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo para los trabajadores de la empresa UTE Limpieza de Plasencia, para los servicios públicos de recogida de residuos sólidos urbanos, recogida selectiva en origen, transporte de los residuos y limpieza viaria de la ciudad de Plasencia.
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NÚMERO 219
Martes 15 de noviembre de 2022

55503

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA U.T.E. LIMPIEZA PLASENCIA
PARA LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS
URBANOS, RECOGIDA SELECTIVA EN ORIGEN, TRANSPORTE DE LOS
RESIDUOS Y LIMPIEZA VIARIA DE LA CIUDAD DE PLASENCIA.
CAPITULO I
Normas Generales
Artículo 1. Ámbito funcional, territorial y personal.
El presente Convenio afecta a todas las personas trabajadoras de los servicios públicos de
recogida de residuos sólidos urbanos, recogida selectiva en origen, transporte de los residuos
y limpieza viaria de la ciudad de Plasencia que se encuentran al servicio de la UTE Limpieza
Plasencia (integrada por Valoriza Servicios Medioambientales, SA, Compañía Agroforestal de
Extremadura, SL, y Ecovías & CC, SL), adjudicataria de dicho servicio, cualquiera que sea su
modalidad de contratación.
Artículo 2. Vigencia y duración.
El presente Convenio entrará en vigor a todos sus efectos el día 1 de enero de 2022 hasta el
31 de diciembre de 2024, prorrogándose por años naturales en el caso de que finalizada su
vigencia no haya sido denunciado por ninguna de las partes firmantes del mismo.
Cuando se produzca una subrogación, la persona objeto de la misma deberá mantener las
condiciones económicas y sociales de este convenio, si éste fuera el que les es de aplicación
en la empresa cesante en el momento de la subrogación, aunque la empresa cesionaria o
entrante viniese aplicando a sus trabajadores condiciones inferiores en virtud de un convenio
estatutario de empresa. La aplicación de las condiciones del presente convenio se mantendrá
hasta su vencimiento o hasta la entrada en vigor de otro convenio colectivo nuevo que resulte
de aplicación a la empresa cesionaria.
Artículo 3. Absorción de personal.
Se estará a lo dispuesto en el Convenio General del Sector de Limpieza Pública Viaria, Riegos,
Recogida, Tratamiento y Eliminación de Residuos, Limpieza y Conservación de Alcantarillado.
Artículo 4. Denuncia del Convenio.
Cualquiera de los integrantes de la Comisión Negociadora y firmantes del presente Convenio,
representantes legales de las personas trabajadores/as y centrales sindicales, podrán denunciar el Convenio a la otra parte, por escrito y, dentro del último mes anterior a la finalización
de su vigencia.